Incapacidad absoluta

Actualmente llevo 3meses de baja por enfermedad, con un diagnóstico
de crisis de ansiedad, agorafobia, temblores, presión craneal agudo y una
hernia discal L5. El trabajo que desempeño es de obrero en la industria
del cuero, con mucho desgaste físico al cabo de años.
¿Qué pasos he de hacer para tramitar una incapacidad permanente o
absoluta? Ya que psíquicamente como físicamente me encuentro muy deteriorado
y no puedo permanecer demasiado tiempo en estas circunstancias. El próximo
día 10 de Junio tengo otra visita al psiquiatra, el tratamiento no surte efecto y
cada 2 semanas tengo que acudir al medico de cabecera para "suplicar" la
continuación de los partes de cobro y la baja. Y no sé para donde tirar, me encuentro
bloqueado y deprimido. ¿Cuánto tiempo máximo puedo estar de baja? ¿Cuándo han de
evaluarme para una decisión?
Atentamente;
Jorge.
Baarcelona.14/04/2008

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No hay plazo para solicitar una posible invalidez total o absoluta, lo puedes solicitar en cualquier momento.
Los pasos a seguir son los siguientes: puedes hacerlo a través de tu médico de cabecera o tu mismo. Acude a la Inspección Médica y diles (con los informes médicos) que quieres someterte a tribunal médico para solicitar una invalidez. Ellos te citarán (tendrás que llevar todos los informes que tengas) y determinarán si tienes algún tipo de invalidez (y en qué grado) para no poder ejercitar tu trabajo habitual.
Si no lo haces así y tu baja sigue durando, antes de que cumplas 1 año en esa situación será la propia Inspección Médica la que te llame a revisión o prorrogue la decisión 6 meses más.
No hay tiempo máximo de baja. Si llegados los 12 meses de baja el INSS (Seguridad Social) establece que prorroga 6 meses más (tiempo máximo 18 meses) para ver si te hacen una evaluación. Llegados los 18 meses, el INSS comunica a tu Empresa que eres baja en la Empresa y alta en la Seguridad Social (es decir, son ellos los que te seguirán pagando). A partir de esos 18 meses hay un plazo de otros 6 donde el INSS ya se ha de pronunciar si te declaran apto (has de incorporarte nuevamente al trabajo inmediatamente a la fecha de la comunicación) o no apto (donde te dirán el grado de invalidez que te otorgan y a partir de esa fecha empezarías a cobrar la rpestación de invalidez)
Normalmente y depende de las Comunidades estas decisiones no se suelen demorar mucho más de los 18 meses que te he comentado
Gracias por su valioso tiempo.Han quedado resueltas mis dudas
sobre este embrollo burocrático.
Gracias.Un abrazo
p, d;me olvidé mencionar que función hace el "MUPA", mutua adscrita a la empresa
que me hace pasar un control cada mes sin aportar nada positivo.

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