Salario base

Mi duda es que en mi contrato hay una cláusula adicional en la que dice que queda garantizado dentro del cómputo mensual de comisiones la parte correspondiente al salario base y la parte de las pagas extraordinarias. Es decir, cobro a comisión. En las nóminas, como concepto, no aparece salario base ni pagas extraordinarias, tan sólo comisiones. Estas comisiones ascienden en general de 1200 euros para arriba. El salario no aparece. ¿Es esto legal? (Por lo que dice en la cláusula adicional), ¿o tengo derecho a reclamar judicialmente un salario base?. Gracias por la respuesta.
Un saludo

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La empresa debe desglosar el salario base mínimo establecido en el convenio colectivo para tu categoría, ya que por ese salario se cotiza a la seguridad social y es por lo que cobrarías en caso de baja médica o desempleo. La base de cotización a la seg. Social también debe aparecer en la nómian, por tanto solicita que se desglesen esos conceptos.

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