Segregación parcela mínima rustica

Tengo que hacer un proyecto de una segregación doble dentro de una misma parcela. Por un lado entre la parte rústica y urbana de la misma. Y por otro, dentro de la parte rústica(500m2 en total) segregar una fracción de unos 20m2 porque esa parte después se va a asignar en la división horizontal al propietario de toda la parte urbana.
Como es un municipio pequeño de palencia no tiene normas subsidiarias y las normas urbanísticas aplicables son las de Castilla y león, que establecen como parcela mínima en suelo rústico una unidad de cultivo=1hectarea. El problema es que ni tan siquiera la parcela matriz tiene esa dimensión.
¿Cómo puedo justificar las dos segregaciones si no cumplen la parcela mínima?

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Al ser la segregación inferior a la mínima sería imposible su segregación, salvo que esta existiese con anterioridad a la entrada en vigor de la figura de planemiento.
Y no se puede justificar, alegando que posteriormente se quiere declarar como suelo urbano ya que el terreno colindante urbano es del mismo propietario.?
Todo dependerá de la calificación de esa parte. La rústica no es segregable y la parte de urbana sí.
Quizás haya que esperar a que cambie la calificación de la totalidad de la parcela (o cuando se haga el PGOU intentar que quede toda como urbana) y mientras tanto hacer algún tipo de contrato privado entre las partes (mediante notario) de la parte asignada, pero la cual tendrá la calificación de rústica obviamente ya que no podemos cambiar su calificación mediante un segregación.

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