Rotura de Caldera por falta de presión/agua por fuga

Me ha pasado lo siguiente: debido a una fuga de agua en un radiador, el circuito perdió toda el agua y eso hizo que el motor de la caldera se quemara por funcionar sin agua...
Di un parte al seguro y ahora me dicen que eso no está cubierto... Me dan dos motivos:
1) Según el perito todas las calderas deben llevar un sistema de seguridad que desconecte la caldera ante una bajada de presión... Le dije que mi caldera no tiene ese mecanismo (es una caldera de hace 16 años). Pues el tío ha puesto en el informe que es un fallo interno de la caldera debido a que no funcionó el mecanismo de protección o bien por no disponer de dicho mecanismo...
2) Ante el argumento 1º yo le dije que era muy fácil salir de dudas: llamamos al fabricante y se lo preguntamos... Entonces me dice que de todas formas el daño no ha sido ocasionado de forma directa por el agua... Según él los daños por agua son sólo los daños que ocasiona el agua directamente (humedades, filtraciones, abombamiento del parqué, etc), pero esto es un daño indirecto que en todo caso es por falta de agua, por lo que no está cubierto... Yo he leído las condiciones generales y están cubiertos los daños que se produzcan a consecuencia de fugas de agua.
La duda es: yo interpreto que el daño lo ha ocasionado la fuga. La fuga de agua es el hecho que a mi juicio está cubierto, y no sólo los daños que ocasione el agua que sale de la fuga... (en ese caso la redacción debería decir algo como: los daños que produzca el agua que salga de una fuga). Es decir, cualquier daño que ocasione el hecho de que se haya producido una fuga está cubierto...
¿Me puedes decir si tengo razón? ¿Si les demando tengo opciones de ganar?

1 Respuesta

Respuesta
1
Para mí, la clave está en si la fuga del radiador se debió a una causa del propio radiador, o a la rotura de alguna tubería de salida. Si es lo primero, no lo suelen cubrir, si es lo segundo deberían cubrir la rotura de la caldera como hecho consecuencial a la rotura de la tubería.
Todo depende también de la redacción del condicionado general de la póliza y sobre todo de las exclusiones que vengan. Lee bien y requetebién las exclusiones y, si no pone nada expresamente de daños consecuenciales, entonces hay que mirar con lupa a continuación lo que cubre.
Si quieres, cópiame lo que dicen los artículos o dime que compañía es por si trabajo con ella y tengo el condicionado.
La fuga no fue en el radiador, fue precisamente en la unión entre el radiador y la tubería que sale de la pared (se cambió la llave de paso).
El texto que habla sobre daños por agua en las condiciones generales es:
El objeto de esta garantía es reparar o indemnizar los daños que se produzcan en los bienes asegurados a consecuencia de fugas de agua o por omisión o desajuste del cierre de grifos y llaves de paso.
También estarán asegurados, complementariamente, los gastos necesarios para localizar y reparar la avería causante de los daños, si estuviera asegurada la vivienda, a condición de que se trate de conducciones fijas y privativas de la misma. Como tales han de entenderse las que, partiendo del accesorio de unión de la conducción general, sirven exclusivamente a la vivienda y están situadas dentro de sus límites o espacio privativo; tal accesorio, no obstante, no se considerará como parte de las conducciones privativas.
Salvo pacto en contrario no estarán asegurados los siguientes supuestos:
- Los daños, filtraciones o goteras causados por fenómenos meteorológicos, salvo que se deriven de fugas en las bajantes ocultas de aguas pluviales, por la humedad ambiental o por la transmitida por el terreno o la cimentación, o por la crecida, desbordamiento o acción paulatina de las aguas de mares, ríos, rías, lagos, embalses, canales y acequias o de redes de saneamiento o alcantarillado de carácter público.
- La reparación o ajuste de grifos, llaves de paso, elementos o aparatos sanitarios y sus accesorios, calderas, calentadores, acumuladores, radiadores, aire acondicionado y, en general, de cualquier aparato o elemento conectado a instalaciones fijas, así como de los electrodomésticos.

- Los gastos para desatascar, limpiar, reparar o sustituir tuberías, sumideros, arquetas y cualquier tipo de conducción o canalización que se haya obturado o atascado.
- Los casos de corrosión o deterioro generalizado de las tuberías o conducciones de la vivienda.

La obligación de la Compañía, en tales casos, queda limitada a indemnizar la reparación del tramo de conducción o tubería causante del daño a la vivienda, con límite por siniestro de 305 Euros.
De producirse siniestros posteriores y no haberse efectuado las reparaciones necesarias, se considerará que el Asegurado ha incurrido en culpa grave, por tanto, la Compañía, conforme a lo previsto en estas Condiciones Generales respecto a la agravación del riesgo, quedará desligada de las obligaciones que para ella se derivan de esta garantía.
- La localización y reparación de fugas o averías que no produzcan daños directos en la vivienda o que, aun produciéndolos, tengan su origen en los vasos de piscinas o estanques, pozos, fosas sépticas, redes de riego, sumideros, arquetas u otros elementos de la red horizontal de saneamiento, o en canalones o bajantes de aguas pluviales.
- Congelación de tuberías, conducciones o depósitos.
Cuando el siniestro afecte a la cobertura establecida para la cuota de copropiedad del asegurado, y siempre que esté asegurada la vivienda, el concepto de «conducción privativa» se hará extensivo, por analogía, a las conducciones generales de la comunidad de propietarios a la que pertenezca la misma.
Gracias por tu ayuda
Según el texto que me mandas, en mi opinión NO está cubierta la reparación de la caldera. Son daños por agua cuando el agua los provoca directamente, no indirectamente como sería tu caso; es decir, el agua ha de mojar y estropear algo, no cubre el hecho de que por falta de agua se estropee la caldera.
Además, lo corroroban cuando dicen que no están cubiertos: "La reparación o ajuste de grifos, llaves de paso, elementos o aparatos sanitarios y sus accesorios, calderas,..."
Lamento decirlo, pero en mi opinión al menos no entraría.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas