Grietas asentamiento en interior planta baja particular, puede reclamar a la comunidad?

En una planta baja que forma parte de un edificio, han aparecido las típicas grietas producidas por asentamiento de obra. El propietario dice que es responsabilidad de la comunidad de propietarios su reparación. Visitando el lugar con el perito de la compañía de seguros de la comunidad de propietarios, este constata que efectivamente son grietas por asentamiento y como tal no están cubiertas por el seguro de la comunidad.

Sabemos que si las grietas se encontraran en fachada, efectivamente su reparación seria responsabilidad de la comunidad de propietarios, pero ¿se puede considerar que las grietas por asentamiento en el interior de cualquier planta baja o vivienda, su reparación es responsabilidad de la comunidad de propietarios?

El problema viene ya que el seguro de la planta baja quiere reclamar a la comunidad su reparación y ante la posibilidad de demanda, y me gustaría confirmar si la reparación de las grietas en el interior de la planta baja no entra dentro de las competencias de la comunidad, y poder contestar con conocimiento de cuestión.

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Se le podrían perfectamente reclamar a la comunidad al ser provocadas por elementos comunes, pero lo normal es que hablen con el propietario y se le reclamen a la constructora o al seguro decenal siempre y cuando la comunidad tenga menos de 10 años.

No cabe la posibilidad de reclamar al seguro decenal puesto que según normativa, el fleje de un edificio esta permitido que pueda ser de hasta 1 cm, por lo que se consideran grietas por asentamiento y no afectan a la estabilidad del edificio.

Muchas gracias igualmente por su interés.

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