Lonja y plataforma elevadora

Tenemos una lonja con entrada por la calle. Al lado está el portal de la coimunidad de propietarios a la que pertenece. Los vecinos quieren instalar una plataforma para salvar los seis peldaños que hya desde el portal al entresuelo donde empieza el ascensor.
Nuestra pregunta es si las lonjas deben pagar la parte correspondiente de la instalación de la plataforma, que es lo que quieren instalar porque después de informarse no pueden bajar el ascensor a cota 0 por problemas de espacio.

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Tiene que acudir a la escritura de obra nueva o división horizontal para ver si la lonja esta exenta de este tipo de gastos, esto lo puede consultar en el registro de la propiedad.
Si no tiene exención habría que ver si la obra es para la supresión de barreras arquitectónicas de personas minusválidas o mayores de 70 años o no, en este caso estaría obligada.
Si no es fuera en lo anterior y no tiene consideración de necesaria podría acogerse al art. 11 LPH si voto en contra o estuvo ausente en la junta en la que se estableció el arreglo por superar las 3 mensualidades ordinarias.

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