Paso de cotitularidad de alquiler antiguo a titularidad

En el año 1975 nos quedamos un bajo mi socio y yo por temas de trabajo, y en el contrato de alquiler original aparecemos los 2 socios, aunque en otros papeles como apertura de negocio aparezco yo solo.
Mi socio se desentendió de mi y del negocio a medias en el año 1992, y yo he seguido pagando el alquiler yo solo hasta ahora. Pronto nos derriban el edificio... ¿tiene aquel socio derecho a algo después de abandonarme sin papel por escrito? ¿Debería tener algún papel para beneficiarme yo solo si hubiese una indemnización? ¿Quizás algún tipo de porcentaje para aquel socio?

1 Respuesta

Respuesta
1
Legalmente su socio tiene derecho al 50% de lo que corresponda.
Del mismo modo, si puede demostrar que el alquiler lo pagó Usted sólo, su socio tendría que abonarle el 50% de lo que pagó todos estos años.
Efectivamente es recomendable documentar el final de una relación comercial para evitar casos como el que comenta.
Suerte.
Muchas gracias mpregal por la contestación.
Tendría otra pregunta para usted.
La empresa que se hace cargo de la reparcelación de los solares me pide el contrato de alquiler, y a mi ex-socio no lo encuentro ni ganas.
¿Podría sustituir al contrato de alquiler unos papeles oficiales como:
1.- Proyecto de instalación de un taller de madera firmado por un perito en el año 1977, solo a mi nombre donde aparece la dirección del taller.
2.- Declaración de alta de licencia fiscal del impuesto industrial año 77, solo a mi nombre donde aparece la dirección del taller .
3.- Recibo de la cámara oficial de comercio en año 80, solo a mi nombre y la dirección del taller.
4.- Tasa de apertura de establecimiento en año 77 del bajo, solo a mi nombre y aparece la dirección del taller.
5.- Recibos de los últimos 5 años de alquiler, agua y luz solo a mi nombre.?
Muchas gracias por adelantado de nuevo. Un jubilado.
Lamentablemente el contrato de alquiler no se puede sustituir por ningún otro documento. De todo lo que menciona lo más útil serían los justificantes de pago desde el inicio del arriendo (que demostraría la existencia de un arriendo).
Puede consultarle al propietario (quien seguramente tenga copia del mismo) y también en la cámara de la propiedad de su ciudad, en donde también habrá copia (sólo necesita convencerles de que la busquen). Lo más directo es consultar al propietario.
Suerte.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas