Reclamaciones en las multas con radar

Hace año y medio me pusieron una multa con radar. Cuando la mandaron por correo estaba de vacaciones y no pude recogerla. Más adelante me volvieron a mandar la multa esta vez sin foto (imagino que la vez anterior mandarían con foto). El caso es que la recurrí puesto que no iba conduciendo la persona a la que le quitarán los puntos.
A pasado más de un año de ese recurso y no se nada de dicha multa, si han aceptado el recurso o no, etc. Ademas de haber realizado un cambio de domicilio.
La pregunta es:¿La multa habrá preescrito? ¿La respuesta nos la enviaran al nuevo domicilio o al antiguo?

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Normalmente Tráfico notifica en dos ocasiones diferentes en el domicilio del titular, advirtiendo que, de no ser el titular el conductor del vehículo en el momento de la infracción, este tiene la obligación legal de identificar al conductor. Si identificaste al conductor, Tráfico notifica de nuevo a este sobre la infracción y el titular queda exento de responsabilidad.
Cualquier cambio de domicilio, de un titular de vehículo, debe ser notificado a Tráfico obligatoriamente, dado que Tráfico sólo maneja estos datos(Ley de protección de Datos), si no lo hiciste, has podido ser notificado en el anterior domicilio y al no encontrarte en el pasaría a publicación en el BOP y con posterioridad a la vía ejecutiva.
El domicilio lo hemos cambiado y avisado, en trafico personalmente no, ¿pero imagino que cambiando el empadronamiento y las direcciones de los vehículos sería suficiente no? De todos modos, el correo que envían al anterior dirección lo desvían a un apartado de correos, no habría problema con ello. El problema es otro.
Hace más de un año que recurrimos la multa y todavía no sabemos nada del recurso, ¿cuándo prescribe? Si no recibes notificación alguna, ¿no te pueden quitar los puntos no?
Gracias de ante mano.
Entiendo que te llegó una notificación de tráfico a nombre del titular del vehículo, en la que se advertía que de no ser el conductor en el momento de la infracción(lo advierten en todas las que no se identifica al conductor en el momento de la infracción), tenía la obligación legal de identificar al conductor responsable. Contra esto no cabe recurso, sino identificación del conductor.
Cuando se cambia de domicilio hay que cambiar obligatoriamente este en el Permiso de Circulación y en el Carnet de Conducir. Tráfico envía sus notificaciones a los domicilios que les consta a ellos en sus registros(no te busca por el resto de España, eso solo lo hace Hacienda) L.P.D.P.
Aunque tengas desviado el correo a un apartado, las notificaciones se entregan en mano en el domicilio y si solo consta el antiguo, puedes encontrarte con que se encuentra en vía ejecutiva, por lo tanto lo mejor es que lo consultes en Tráfico. Las denuncias prescriben a los 6 meses las graves y al año las muy graves.

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