Multa por radar en Pso Camoes

He sido denunciado porque "teoricamente" me ha cazado un radar en el paseo de Camoes (Madrid) en una zona de 40 km/h a 85 km/h por tanto, ¿son 6 puntos y 400?.
El hecho es que me ha llegado una primera notificación en la cual debo identificarme... La foto no es clara, primero, porque nadie que ha visto la foto me ha podido decir mi matricula correctamente. Segundo la foto es nocturna y no se ve de que vehículo se trata, mucho menos modelo o marca. Yo tengo una moto y ciertamente la foto parece de una moto por la luz trasera y el tipo de matricula cuadrada que llevan las motos.
Las pregunta son, ¿tengo alguna posibilidad de éxito recurriendola por no ser clara la foto respecto a la matricula? ¿En qué se basan para enviármela a mi? Es decir, mi duda es si tráfico puede dictaminar por aproximación de matricula y tipo de vehículo ya que no creo que haya muchas motos con una matricula parecida a la mía.
¿Además de la matricula es obligatoria la identificación del vehículo, marca y modelo?

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Este tipo de infracciones, en que se supera el límite en más de un 50% y superando los 30 kms/h., también suelen llevar también aparejada la suspensión del Permiso de Conducir de 1 a 3 meses.
Entiendo, que la fotografía que has visionado es la que te enviaron al domicilio, estas suelen tener menos definición que las originales, al ser copias, por lo que te aconsejo que solicites el visionado de la original en Tráfico. Si esta también presenta dudas sobre la identidad del vehículo, entonces sí te recomiendo presentar alegaciones en ese sentido, una vez identificado el conductor.
Es obligatoria la identificación del conductor, ¿bajo sanción de 301? ¿A 1500?, ¿En tu caso podría llegar a 602?, pero no se producirían la pérdida de puntos ni la suspensión de carnet, pudiendo ser abonada con el 30% de descuento. Por lo tanto si tras el visionado de la foto en Tráfico, constataras que se trata de tu moto, esta es una posibilidad a tener en cuenta.
Espero haberte aclarado un poco el tema, sino no dudes en volver a consultarme, un saludo y no olvides valorar y cerrar la pregunta para poder formular otras.
Hola Txema,
Gracias por tu pronta respuesta.
Lo que comentas es así, primeramente me tuve que identificar como conductor... cosa que me hace gracia, si quizá no sea yo, ¿por qué debo asumir que soy yo el conductor? Esto me lo hizo el seguro.
Luego me ha llegado ya la denuncia en firme, y por la cual todavía puedo "veneficiarme" de la reducción del 30%.
Voy a hacer lo que propones, ir a Jefatura de Tráfico y visionar la foto original. Si encuentro dudas la recurriré.
En todo caso, también lo que preguntaba es, si se debe identificar también la marca y modelo del vehículo ya que en la denuncia no figura y si por esto puedo también alegar defectos de forma.
Un saludo.
Ten en cuenta, que la notificación que has recibido no es la de la denuncia. Un vez identificado el conductor, se genera una notificación de denuncia a nombre del identificado y ésta es sobre la que sí tienes posibilidad de alegar, la anterior es una notificación de advertencia legal con información de que sobre el vehículo de tu titularidad existe una propuesta de sanción y tienes la obligación de identificar al conductor del vehículo en el momento de la infracción(aunque seas tú), dado que las denuncias legalmente tienen que aplicarse a los responsables de las infracciones.
Hola Txema,
Si, ya estoy en esa fase, he recibido la denuncia y ahora es cuando tengo o no que presentar alegaciones. Lo que pregunto es:
¿En la denuncia debe identificar también la marca y modelo del vehículo o con la matricula vale?, en la denuncia que me ha llegado no figura, y quisiera saber, si por esto puedo también alegar defectos de forma.
Un saludo.
Según el Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, del Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, no es imprescindible más que la identificación del vehículo(matrícula):
... Artículo 5. Contenido de las denuncias.
En las denuncias por hechos de circulación deberá constar: la identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción, la identidad del denunciado, si fuere conocida, una relación circunstanciada del hecho, con expresión del lugar, fecha y hora y el nombre, profesión y domicilio del denunciante. Cuando éste sea un agente de la autoridad podrán sustituirse estos datos por su número de identificación. ...

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