Puedo trabajar teniendo incapacidad permanente total

Situación actual:

  • Tengo reconocida una incapacidad permanente total con un grado de discapacidad del 66%.
  • Percibo una prestación por dependencia, grado 2.
  • Actualmente no desempeño otra actividad remunerada.

Consulta:

  1. ¿Es compatible aceptar un puesto de conserje de comedor de niños a tiempo parcial (por ejemplo, X horas semanales) con la prestación por incapacidad permanente total y la prestación por dependencia? ¿Existe algún requisito o trámite previo (autorización, comunicación a la Seguridad Social o a otro?
  2. En caso de compatibilidad: ¿Cómo afecta a mi tributación y a las retenciones? ¿Debo darme de alta como trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia?
  3. Si recibo ingresos de varios pagadores (mi prestación y el salario del comedor), ¿existe riesgo de que Hacienda me reclame un pago elevado al hacer la declaración de la renta por tener varios pagadores? ¿Hay formas de minorar ese impacto (ej.: Ajustar retenciones, presentar declaraciones trimestrales, aplicar deducciones)
  4. ¿Qué obligaciones tendría con la Seguridad Social y Hacienda si empiezo a trabajar (cotizaciones, compatibilidad con la pensión/prestación, impacto en prestaciones por dependencia)?
  5. ¿Qué documentación o trámites me recomienda preparar antes de aceptar el trabajo (certificados médicos, resolución de incapacidad, informe de dependencia, comunicación a la empresa, etc.)?
  6. ¿Hay límites de ingresos o topes que pueda superar y que provoquen la pérdida total o parcial de alguna de mis prestaciones?
  7. Cualquier recomendación práctica para minimizar riesgo fiscal y administrativo (p. Ej. Modelo de contrato, jornada recomendada, asesoramiento previo).

1 respuesta

Respuesta

I. Hola Compañero, sólo soy lector habitual y no puedo atenderle como tal, pero tengo una discapacidad del 40% y me gustaría intentar responder a una parte de sus dudas, trasladándole la información que vi sobre el tema por si pudiese serle de alguna utilidad mientras le atiende un abogado laboralista o experto.

Comentarle que por fortuna las prestaciones por incapacidad permanente no se consideran o no cuentan como segundo pagador, junto a que gozar de varios pagadores en la declaración de la renta no tiene porqué significar pagar más impuestos, sólo que sí puede verse obligado a realizar la declaración si supera los 15.000€ anuales.

Más en concreto en la página Velázquez y Villa explicaron:

*Las personas que tengan reconocido un grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez están exentas del pago de IRPF por las rentas que cobren. Esto quiere decir que las rentas que perciban dentro de este concepto concreto son limpias. El INSS no practicará retención alguna de IRPF*.


A cerca de su consulta central, según tengo entendido, dentro de una incapacidad permanente derivada de una enfermedad que impida desempeñar la profesión habitual, cuando usted desea continuar trabajando sin estar vinculado a su labor profesional anterior, trabajando en otra labor completamente distinta o ajena, tan sólo necesita comunicarlo a INSS, sin necesidad de solicitar una autorización ni de tener que realizar ningún otro proceso o trámite, únicamente tendría que solicitar una cita presencial o telefónica en una oficina de INSS y comentarlo.

Si lo desea podría solicitarla a través de los teléfonos: 91 541 25 30 / 901 10 65 70. Creo que una parte de lo que consulta podría verlo respondido a través de este organismo.

https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/OficinaSeguridadSocial 

Quisiera adjuntarle una parte inicial de la información desde los siguientes enlaces.

https://www.porticolegal.com/foro/ipt-y-trabajocomunicarlo-al-inss_1282933 

https://distritolegal.es/blog/reclamaciones-y-demandas/opciones-laborales-con-incapacidad-permanente-total-guia-completa/ 

https://sellolegal.com/blog/trabajar-incapacidad-permanente-total/ 

https://ceddd.org/actualidad/se-puede-trabajar-con-una-incapacidad-permanente-total-y-mas-de-55-anos/ 

Mientras esta sería la segunda. Le ruego me perdone por el trastorno de tanta lectura y la manera de responderle. Mucho ánimo.


https://qabogados.es/trabajar-con-incapacidad-permanente-compatibilidades/ 

https://reclamacionprevia.es/blog/que-limite-ingresos-puedo-tener-trabajando-con-incapacidad-total/ 

https://www.agmabogados.com/posible-compatibilidad-entre-incapacidad-permanente-absoluta-trabajo-tiempo-parcial/ 

https://www.youtube.com/watch?v=uOoDm_iwp5M 

https://www.youtube.com/watch?v=Ocdd6gnuFpg 

https://fernandezcarreroabogados.es/como-declarar-una-pension-por-incapacidad-permanente/ 

https://loentiendo.com/incapacidad-permanente-total/ 

https://espacioasesoria.com/cuando-es-compatible-la-incapacidad-permanente-absoluta-con-el-trabajo-a-tiempo-parcial

https://taxdown.es/como-hacer-declaracion-renta/varios-pagadores#section-2 

https://www.seas.es/blog/varios/se-pagan-mas-impuestos-por-tener-dos-pagadores-verdad-o-bulo/ 

https://grupofsl.es/varios-pagadores-renta/ 

https://www.bolsamania.com/declaracion-impuestos-renta/como-tributa-la-pension-por-incapacidad-permanente-en-la-declaracion-de-la-renta/ 

https://www.fidelitis.es/irpf-incapacidad-permanente-total/ 

https://www.youtube.com/watch?v=Ocdd6gnuFpg 

https://loentiendo.com/trabajar-con-una-incapacidad-permanente/

https://denegacionincapacidad.es/blog/debo-declarar-la-pension-de-incapacidad-permanente-en-la-renta-anual/ 

https://derecholocal.es/criterio-novedoso/irpf-tipo-aplicable-a-indemnizacion-por-invalidez-permanente-otorgada-a-empleado-municipal 

https://taxdown.es/personas-discapacidad/rentas-exentas-impuestos 

https://www.facebook.com/Fidelitis/posts/tienes-una-incapacidad-permanente-absoluta-ipa-y-te-preguntas-si-puedes-trabajar/1416630963806638/ 

https://www.cuestioneslaborales.es/tengo-una-incapacidad-permanente-total-puedo-trabajar/  

https://fernandezcarreroabogados.es/como-declarar-una-pension-por-incapacidad-permanente/ 

https://www.spmas.es/blog/pensiones-por-incapacidad-y-su-tributacion-en-el-irpf-el-tribunal-supremo-fija-criterio-definitivo/ 

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