Soy usufructuaria y pago la comunidad, pero creo que no debo hacerlo

Ampliando la pregunta que les hice hace algunos días.

Soy usufructuaria de un piso propiedad de mu suegra por sentencia firme que aprueba el convenio regulador que dice textualmente que se me otorga la casa, haciéndome cargo de todos los gastos del inmueble, salvo los que graven la propiedad. Posteriormente se detallada que la propietaria paga el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y yo la tasa de basura y el seguro de la vivienda. No dice nada en concreto de la comunidad.

El administrador sigue sin contestar.

¿Sigo estando obligada ante estos nuevos datos a pagar la comunidad?

2 respuestas

Respuesta

Habría que leer ese texto de la sentencia que le adjudica el uso, no creo que sea el usufructo, puesto que si dice que le corresponden todos los gastos, excepto los que graven el inmueble y luego al relacionar esos gastos no nombra los de comunidad, parece claro que no le corresponde pagarlos, ya que esos gastos, por ejemplo en un arrendamiento, corresponden al casero.

Recibe mi cordial saludo

Textualmente dice:

"Tercera.- Acuerdos relativos al domicilio común:

En cuanto al domicilio situado en la calle......., ambos acuerdan que continúe en el uso de la misma la madre de la menor, hasta que ésta cumpla 18 años.

Mayte García se hace cargo de todos los gastos del inmueble, salvo los que graven la propiedad, correspondiendo a la usuaria del inmueble mientras permanezca en el uso las reparaciones ordinarias y extraordinarias de la misma.

Cualquier deficiencia que se aprecie en la vivienda, deberá ser comunicada en un plazo máximo de 24 horas al propietario, que también será informado de cualquier reparación del inmueble.

Cualquier obra o alteración del estado de la vivienda, deberá necesitar consentimiento expreso y por escrito de la propietaria de la vivienda.

Corresponde a la propietaria el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y a Mayte García el pago de la tasa de Basuras y el seguro de la vivienda"

Mi primera pregunta fue esta, pero revisando el convenio veo que no dice nada de la Comunidad:

"Soy divorciada y el juzgado de Violencia sobre la Mujer me otorgó la vivienda propiedad de mi suegra, con la que no tengo ninguna relación. Posteriormente en el convenio se estipula que yo pago la comunidad, lo que hago puntualmente. No puedo asistir a las reuniones, le pido insistentemente por escrito al gestor, a quien pago con mi cuota sus honorarios, información sobre las cuentas o sobre quien es el presidente y no me contesta y no se hace público ninguno de estos datos.

Según la ley de la Propiedad Horizontal y varias sentencias, la comunidad la tiene que pagar el nudo propietario. ¿Puedo, notificándolo al gestor por escrito, dejar de pagar? Si no hay derechos, tampoco hay obligaciones!

Y la contestación fué:

Poli Plos

Al no ser propietaria, es normal que no pueda asistir a las reuniones, ni tenga acceso a las cuentas, ni el administrador le proporcione la información que usted solicita.

De cara a la Comunidad, la obligación del pago de las cuotas corresponde al propietario y si usted deja de pagar, no se lo reclamarán a usted. Pero también dice usted que en el convenio se estipula que la Comunidad la abona usted. Por tanto, si usted deja de pagar, la Comunidad se lo reclamará a su ex suegra, pero ella se lo podrá reclamar a usted, por incumplir el convenio.

Ahora tengo un poco de ligo.

Muchas gracias

Una vez leído ese texto, no veo clara la solución. En mi opinión, que cederá ante otra mejor fundada, puede interpretarse que los gastos de comunidad, gravan el inmueble, conforme señala el artículo 9, e de la Ley de Propiedad Horizontal, por lo tanto es defendible que deba pagarlos la propiedad. No obstante debería haber sido mencionado en esa sentencia, bien como a cargo de la usuaria o bien de la propiedad.

Respuesta

Coincido con el experto Poli Plos en la interpretación de lo relatado por usted y reafirmo lo dicho por el experto Pedro Abogado que las deudas de la comunidad se indexan al la propiedad independientemente de quien la habite.

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