Se pueden pagar impuestos a Hacienda aunque falten aun meses para el inicio de campaña

Si vendo un piso de herencia en 2020-2021 a repartir entre 7 hermanos, y yo decido hacer la donación de mi parte a asociaciones benéficas, y pongo en manos de una Asesoría fiscal-laboral el encargo de que tramiten en mi nombre el. Pago de impuestos al Ayuntamiento de Alicante ( Plusvalía ) el pago a Generalitat valenciana ( el que corresponda ) el pago a Hacienda, puede este ultimo gestionarlo también la Asesoría, a través de internet o cualquier otro medio, aunque cuando se vaya a hacer este fuera de los meses de Campaña, que son voluntarios entre los meses de Mayo y Agosto, o no se puede hacer y tendría que esperar que pase un año de plazo, para acudir yo y hacerlo dentro drl plszo voluntario de los meses de Mayo a Agosto

2 Respuestas

Respuesta

Conviene matizar lo que plantea. El hecho que describe está sujeto a varios impuestos y cada uno deberá tramitarse conforme a su normativa peculiar.
1. Si ahora vende un inmueble, tendrá que pagar ahora el IIVTU, plusvalía municipal.

2. El año próximo deberá incluir esa venta en su declaración de la renta, y tributará en IRPF, por la ganancia patrimonial obtenida, en este momento no puede hacer la declaración/liquidación de ese impuesto.

3. Si realiza una donación del precio obtenido, los receptores de la misma tendrán que tributar por el impuesto sobre donaciones.

Respuesta

Como ya le ha indicado el otro experto, usted ha de pagar por varios tributos diferentes.

Es habitual que se apodere a una gestoría para la gestión y el pago del IIVTU (Plusvalía), en la propia escritura de venta.

En cuanto a la donación, para que sus hermanos tengan los beneficios fiscales, ha de hacerse la donación en escritura publica (notaria) y al ser una donación en dinero, solo paga el que lo recibe, es decir sus hermanos.

En cuanto a la declaración de renta, entendemos que usted es residente en España, y por lo tanto, hay que incluir el incremento patrimonial en la misma, su gestoría o asesor habitual se lo hace cuando corresponda. Si usted fuera no residente, si tendría que tributar ahora por el incremento, con un plaza máximo de meses para presentar la declaración (el comprador ha de presentar la declaración de retención de no residente en un plazo de un mes).

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