Obligatoriedad de mantenimiento puertas automáticas

Soy presidenta de una comunidad de vecinos y estamos revisando los gastos. Mi pregunta es si es obligatorio tener contratado el mantenimiento con una empresa de mantenimiento de puertas automáticas o se puede encargar el personal de mantenimiento general. Dichas puertas cuentan con los sensores y medidas de seguridad según la ley.

2 Respuestas

Respuesta
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La ley (LPH) no desciende a ese detalle, debería ser una propuesta para que la Comunidad decida en una junta convocada al efecto.

¡Gracias Pedro! Mi temor es si contratamos eventualmente a un técnico en lugar de una empresa de mantenimiento, en caso de accidente ¿lo cubriría el seguro de la comunidad?

No tengo las facultades de adivinación que parece ostentar quien le ha contestado, entiendo que ese técnico, no puede ser “el cerrajero de la esquina”, si es que este señor no está capacitado para prestar el mantenimiento, sea una empresa o un técnico, deben tener los conocimientos y habilitación suficiente para ese trabajo y, desde luego la elección no le corresponde a usted sino a la junta.

Respuesta

La Lph efectivamente no desciende a ese detalle, pero parece ser que usted desconoce, los cientos de normativas que existen en España y que como es lógico no pueden figurar en la LPH.

Le aconsejo se lea :

La normativa española para puertas industriales, comerciales, de garaje y portones

UNE-EN 12635:2002+1

Sani Sani pregunta que si el mantenimiento de la puerta del garaje lo tiene que hacer una empresa homologada o el "cerrajero de la esquina" o una persona que realiza el mantenimiento en la comunidad.

Y desde luego que la comunidad no puede decidir quien de los tres lo realiza.

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