Pedir hipoteca por el 100% del importe de la mitad del piso

Soy propietaria al 50% de un piso y mediante extinción de condominio me voy a quedar con la otra mitad, pagándola mediante hipoteca. Mi duda es, cuanto me podría dar el banco como máximo: ¿El 100% de la mitad del valor de tasación, ¿el 80% de la mitad del valor de tasación?, o ¿El 80% del valor de tasación del piso entero? ¿Me podrá dar algo más de estrictamente la mitad, para gastos, al estar yo hipotecando el 100% del piso?

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Si la vivienda no tiene hipoteca, como norma general el banco puede darle el 80% del valor total de tasación, siempre que la cuota no supere el 40% de sus ingresos. Pero debe hablar con su entidad financiera habitual para ver que le ofrecen.

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