Facultades del Presidente de la Comunidad de vecinos

Me gustaría conocer si el Presidente de la Comunidad puede tomar decisiones sobre temas no urgentes ni judiciales, sin dar cuenta ni pedir autorización a la Junta de Gobierno. Pongo un ejemplo: un vecino notifica daños de dudosa responsabilidad para la Comunidad o para él mismo, y el Presidente decide en solitario autorizando el trabajo.

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Y judiciales menos

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No. No puede, sin autorización de la Junta.

Sólo puede tomar decisiones que, por si urgencia, no puedan decidirse en una reunión.

"Su urgencia"

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