Jubilación anticipada a los 61 a partir del subsidio de los 55. Es posible elegir cotizaciones?

Soy un trabajador de la construcción y a raíz de la crisis me quedé en paro a los 50 años. Desde entonces he pasado por dos años de desempleo, el subsidio de los 52 y el subsidio de los 55, el cual sigo cobrando. Querría jubilarme anticipadamente a los 61. En la actualidad tengo 38 años cotizados y en el momento en que quiero jubilarme, en marzo de 2020, a los 61 años, tendría 40 años cotizados. Lógicamente para calcular la jubilación me tendrían en cuenta los últimos años cotizados, que en mi caso, la mayoría coincidirían con los del subsidio, es decir unas cotizaciones muy bajas. Tengo entendido, he leído en algún sitio, que para favorecer al trabajador tendría la posibilidad de poder elegir los años de mejor cotización, por regla general los trabajados, como en mi caso. ¿Es esto cierto?. ¿Me lo podrían confirmar?.

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NO, no es cierto. Pero como la jubilación será en aplicación de la denominada coloquialmente Ley Nueva y según la DT 8ª de la LGSS, desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2021, para quienes hayan cesado en el trabajo por causa no imputable a su libre voluntad a partir del cumplimiento de los cincuenta y cinco años de edad y al menos durante veinticuatro meses, hayan experimentado una reducción de las bases de cotización respecto de la acreditada con anterioridad a la extinción de la relación laboral, la base reguladora será el resultado de dividir por 350 las bases de cotización durante los 300 meses (25 años) inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante, siempre que resulte más favorable que la que le hubiese correspondido de acuerdo con lo establecido en la reglamentación general que en el caso de acceder a la jubilación en 2020 sería los 23 años, es decir los últimos 276 meses dividido por 322.

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