Debo dejar las llaves a la comunidad cuando es de mi propiedad?

Somos propietarios de una vivienda. Anexo a esa vivienda, tiene dos camarotes. De esos dos camarotes, se accede al tejado. Es la única vía para poder acceder al tejado. Eso ya se sabía cuando se compró la vivienda, siempre que ha habido algun problema (que por suerte han sido pocos) se ha dado acceso, cuando esté el propietario. Ahora, el administrador, dice que tiene que tener una llave, por si pasa algo. Eso no es de la comunidad, si no del propietario, por lo que yo entiendo que no debe ser asi, ¿no? Siempre se da acceso al tejado para revisiones o lo que sea, no ponemos impedimentos. Mi consulta es, ¿tenemos qué dar una llave de nuestro camarote al administrador?

2 Respuestas

Respuesta

No. Ustedes deben permitir el acceso, a modo de servidumbre. Pero no tienen que dar la llave

Respuesta

Dígale al inútil en que art de que ley figura eso.

O simplemente pase olímpicamente

Hay una cosa que no entiendo, ¿la llave es de su vivienda o de los camarotes?

Perdón ya he leído que es del camarote, que supongo que es un trastero

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