Acceso/os a terraza

Estamos a punto adquirir un ático que consta de una terraza a nivel de vivienda y una segunda en la planta superior que es la cubierta total de la finca, a la cual se accede desde una escalera desde el interior de la vivienda, de la que tenemos el uso y disfrute exclusivo y así lo vemos reflejado en el régimen de la comunidad. A parte del acceso desde la vivienda existe otro a través de la escalera de la comunidad.
¿Podemos tener algún problema con los vecinos, ya que en otros casos este tipo de terraza suele ser la comunitaria, al tener otro acceso desde dicha escalera, no sólo de mi vivienda? Siempre quedará la duda, teniendo que dar explicaciones, aunque esté en el titulo contitutivo..
¿Da igual que la terraza tenga 2, 3 ó 4 accesos siempre que nosotros tengamos el uso exclusivo?
¿Tenemos la posibilidad de tapiar esta entrada? Es el primer piso que se vende de una finca y podríamos pedir permiso a la propietaria. Pero con la consecuencia que cuando alguien tenga que acceder a la terraza por temas de la comunidad (antenas, reparaciones..) tendrá que hacerlo a través de nuestra vivienda.
¿Nos podrías aconsejar qué solución tomar?

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En principio todo lo que conste en el titulo de propiedad no debería tener ningún problema.
El acceso desde la escalera será un acceso para mantenimiento, las explicaciones te las tendrá que dar a ti cualquiera que suba a la cubierta por una razón distinta a la de mantenimiento. En otros casos esa terraza será comunitaria porque así conste en los títulos, o nadie tenga derechos expresos.
No podéis tapiarla sin consentimiento del resto de los propietarios, por supuesto en ese caso tendríais que faciltar el paso de servidumbre a través de vuestra vivienda.
El problemas lo podéis tener cuando tengáis goteras, la comunidad os va a decir que el disfrute y en consecuencia el mantenimiento, limpieza de desagües, etc. y alguno podría entender que tenéis responsabildiad en esas goteras, lo mejor desde mi punto de vista es que esa terraza que está sobre vosotros sea comunitaria y no privativa y sea la comunidad la que la mantenga.
Muchas gracias Jose!
Entonces es mejor que esa puerta de acceso siga ahí por si tuviera que pasar alguien para mantenimiento o cualquier otra cosa y no a través de nuestra vivienda.
Comentabas que para tapiar esa puerta de acceso tendría que estar de acuerdo toda la comunidad y en este momento todo el bloque pertenece a una sola persona, por tanto ésta es toda la comunidad y a quién habría a que pedir permiso si quisiéramos tapiar la puerta. ¿Se podría hacer sin ningún problema ésto o alguna modificación que se nos pudiera ocurrir, ya que existe la posibilidad? ¿Se te ocurre algo, dada la circunstancia tan poco habitual?
En las ESCRITURAS se especifica "la terraza - de la que tan sólo tiene asignado el uso y disfrute exclusivo- ..."
En las REGLAS DE COMUNIDAD se especifica " terraza de uso exclusivo del propietario de dicha entidad, es decir del piso ático, teniendo la misma la consideración de elemento común", "... queda inexcusablemente obligado a facilitar el paso, a las personas o técnicos debidamente autorizados para revisión, conservación..."
Entiendo que es de nuestro uso y disfrute únicamente, pero al mismo tiempo de la comunidad, solamente en el caso de que alguien tuviera que acceder por alguna razón (como mantenimiento y por ningún motivo más como por ejemplo a tender ropa, tomar el sol...).
¿Es correcto lo que pienso?
¿Te parecen correctas las descripciones?
Gracias de nuevo!
Si el bloque pertenece a una persona es toda la Comunidad.
Piensas correctamente, la terraza es para tu uso exclusivo, lo lógico es que la puerta de la escalera tenga llave y que la tenga el presidente o el administrador, lo de entrar por tu casa a la larga puede ser un coñazo, piensa en los obreros y materiales que hay que pasar el día que haya que hacer la renovación de la terraza.

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