Saldo a final de año en la cuenta 555

Quisiera saber si al cerrar el ejercicio puede haber saldo en la cuenta 555 puesto que tengo un apunte y no se a que corresponde de momento. Es que me han comentado que al cierre del ejercicio la cuenta 555 tiene que estar saldada.

Respuesta

Efectivamente debería saldar esta cuenta, que son partidas pendientes de aplicación mientras se localiza o recibimos la factura correspondiente... Para lo que tendrá que localizar el motivo del apunte y realizar la contabilidad de la factura correspondiente.

Como la salvaría puesto q es un ingreso q nos han hecho en la cuenta bancaria ? 

Si es de poco dinero, realmente no tendrá transcendencia... y podrá regularizarlo este nuevo año.

Debe sabe la procedencia del dinero, que debe ser de alguna factura cobrada o de un pago a cuenta de facturas futuras... y si lo sabe, debe contabilizarlo así... en el banco aparecera quien le realizo el ingreso.

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Respuesta

No es estrictamente obligatorio, en cambio la cuenta 473 es obligatorio, si analiza la formulación de cuentas y ve los componentes que van en cada epígrafe podrá comprobar que la cuenta 555 está relacionada, eso si es conveniente separar las partidas deudoras de las acreedoras, para adjudicar a la masa patrimonial correcta, en cambio la 473 no se adjudica a ningún epígrafe, ahora ya sabe por qué.

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