Prescripción de denuncias en zona azul.

Recientemente me ha llegado una notificación -por correo certificado- en el que se me informa del deber de pago en concepto de -Tasa de aprovechamiento de dominio público en estacionamiento- en unas fechas de las que ya han transcurrido más de 6 meses. En este caso quisiera saber si la fecha de la notificación corresponde con el inicio del expediente sancionador y cuanto sería para estos casos el tiempo en el que se considera prescrita. Si así fuera, ¿debería aun presentar recurso de reposición? .

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Si lo que le están informado es del pago de una TASA, no veo a qué expediente sancionador se refiere.

Efectivamente aparece como -Tasa según ordenanza fiscal- y expresamente pone que no se trata de un procedimiento sancionador en materia de tráfico pero estas tasas son en concepto de aparcamiento en zona azul regulado por control horario y por lo que he podido leer  estas denuncias puestas casi siempre por  controladores designados por las empresas prestatarias son nulas al no haber sido efectuadas por agentes de la policía. A parte de esto, y era parte de mi pregunta, entiendo que existen unos plazos en los que la administración puede reclamar el pago por lo que bien de una forma o de otra me gustaría saber si habría posibilidad de interponer recurso o tendría que pagarla obligatoriamente.

Un saludo y muchas gracias.

Epifanio H.

Si le están reclamando una tasa no se puede interpretar como expediente sancionador a efectos de la prescripción, en todo caso podrá negar el hecho imponible de esa tasa.

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