Se puede modificar en tamaño y estética una puerta de garaje

Vivo en una comunidad donde la entrada a los garajes se hace a través de un pasillo comunitario. ¿Un vecino ha cambiado la puerta del suyo pero no solo en estética sino ampliando la entrada 1 metro aproximadamernte. Se puede realizar este cambio sin permiso de la comunidad? ¿Se ha modificado los elementos comunes?

Respuesta
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No puede hacerlo sin permiso. En efecto, supone una alteración de elementos comunes. Como mínimo, la estética.

La estética es importante pero para hacer la ampliación de la entrada a su garaje ha modificado y tirado 1 metro aprox. de muro.

¿Se le puede obligar a reponer el muro y dejar la entrada a su cochera tal como estaba anteriormente?

Por supuesto. Si la Comunidad se lo exige, deberá hacerlo. Del mismo modo que no se pueden hacer ventanas mayores en la fachada, convertir una ventana en puerta, o cambiar la puerta de entrada por otra de otro color, tampoco se puede hacer lo que ha hecho su vecino, sin autorización. Aparte, podrían ustedes tratar de averiguar si lo hizo al menos con licencia municipal, o no.

Lo hizo sin licencia municipal... no se si la comunidad acturara pero yo si tengo claro que voy a solicitar la reposición del daño causado en el pasillo del garaje.

Entiendo que a nivel particular puedo ejercer ese derecho. ¿Es Correcto?

La que debe reclamar algo es la Comunidad.

Suponiendo que esa modificación no afecte a la estabilidad del edificio (y dudo que lo haga, salvo que se tratara de un muro de carga o que hubiera tocado algún pilar), la Comunidad puede autorizar esa modificación por un acuerdo de las 3/5 partes de propietarios y cuotas (4/5 en Cataluña).

Usted, a lo sumo, podría denunciarlo ante el Ayuntamiento, por haber realizado la obra sin licencia. Pero si la obra es "aceptable", el Ayuntamiento no obligará a deshacerla. Sólo obligará a legalizarla. A ellos les da igual que se haga con o sin permiso de la Comunidad, mientras se haga con licencia.

Sr. Ayuso,

Respondo por aquí, porque los comentarios son limitados.

No descarto que pueda demandar al otro propietario, pero en la práctica lo veo complicado, en este caso. Fíjese que en el caso que da como ejemplo, la mayoría necesaria era la unanimidad. Por tanto, si este vecino estaba en contra, sabía que esa obra era ilegal. En nuestro caso, dado que la unanimidad ya prácticamente no existe como norma para casi nada, este vecino no sabe si la comunidad aprobaría la obra o no. Existe la aprobación tácita.

Este vecino debe solicitar que el asunto se vote en junta. Si se aprueba por 3/5, ya no tiene nada que hacer, porque la obra está autorizada (salvo el tema municipal, por supuesto).

En caso de que no se aprobara, dado que la comunidad está en contra, es ésta la que deberá exigir que se deshaga la obra.

Al menos, así lo veo yo.

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