Cobro de incapacidad temporal o baja por maternidad

Estoy embarazada y cobrando el paro, pero este se me acaba el 30/12/17 y no doy a luz hasta el 20/02/18. Mi pregunta es,¿me compensa más, económicamente, adelantar la baja por maternidad o estar en it hasta el parto?, ¿Cómo calculo las cuantías?

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Si adelantas la prestación de maternidad, esta seguirán siendo 16 semanas, por lo que se te terminara antes, en caso de continuar en IT hasta que des a luz estas 16 semanas empezarán en el momento del paro, por lo que le trae cuenta aguantar en IT.

En cuanto a la cuantía, en situación de it se cobrará una vez acabado el desempleo el 80% del IPREN, en la maternidad se percibe el 100% de la base reguladora anterior a la baja.

Gracias por las respuestas perfectamente explicadas.

Hola. Con relación a la pregunta que te hice anteriormente, si adelanto la baja maternal, ¿Cuál será la base reguladora, la del paro o del sueldo del último empleo?

La BR será la del mes anterior a la baja médica.

Perdón, me he perdido. Entonces se sigo en It cuál será la br de la baja maternal? La de it? Si por el contrario adelanto la baja por maternidad sería entonces la del paro?

No entiendo lo que quiere decir, usted puede estar en baja por IT o en desempleo, las dos nos son compatibles. La base es siempre la misma, estés en una situación u otra.

Si, no me he explicado bien. Se pueden dar dos casos: que esté en situación de it cuando dé a luz o que adelante la baja por maternidad. Lo que quiero saber es si en la primes situación cobraría lo mismo que en la it y si en la segunda cobraría lo mismo que en paro, que es lo que tengo ahora.

La base es siempre la misma, este en IT o desempleo, por lo que en el momento de solicitar la prestación por maternidad el importe será el mismo. La única diferencia es que si adelanta su maternidad, pues se le acaba antes.

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