Se me termina el contrato, mes y medio antes de la fecha de parto.

Trabajo en educación haciendo sustituciones desde hace 5 años y ahora mismo estoy haciendo una sustitución hasta el 1 de marzo. Estoy embarazada y espero el bebe para principios de abril.

He llamado a los sindicatos para saber cuanto es cobra durante la baja maternal y me dicen que me van a tener en cuenta el ingreso del mes anterior y en la seguridad social me han dicho que se calcula según la base reguladora o base de cotización. La cosa es que yo el mes anterior estaría sin contrato.

Si me cojo la baja por enfermedad común y a partir del 1 de marzo la IT, ¿bajaría mi base de cotización? ¿Cobraría el la baja maternal lo mismo que estoy cobrando ahora que estoy trabajando o menos?

1 respuesta

Respuesta
1

La base reguladora del permiso por maternidad se calcula dividiendo entre 30 la base de cotización del mes anterior al del permiso de maternidad cuya cuantía es del 100 por cien de dicha base de cotización No obstante, si se ingresa en la empresa en el mismo mes en que se inicia el premioso de maternidad, se tomará para la BR la base de cotización de dicho mes, dividida por los días efectivamente cotizados. En cuanto a la bese reguladora después de de permanecer en situación de IT seguiría siendo el 100 por cien de la bese de cotización tienes que tener en cuenta que la bese de cotización no se altera por el echo de estar en situación de incapacidad temporal porque la empres a tiene que seguir cotizando por la misma cuantiá que lo hacia antes de la baja por maternidad.. Por lo tanto cuando estés en situación de maternidad la base reguladora que determina la cuantía de la prestación se calcular sobre la base de cotización del mes anterior la del mes en curso dividida por los días que hayas trabajado durante ese mes si el permiso de maternidad se produce el mismo mes en el que se inicia la actividad laboral en la empresa y el mes anterior se carecía de cotización.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

Hola, que tal?

Dices que la base cotización no se altera por el hecho de estar en incapacidad temporal porque la empresa tiene que seguir cotizando la misma cuantía, pero a mi se me terminara el contrato cuando este en la situación de incapacidad temporal... Aun así la empresa tiene que seguir cotizando la misma cuantía?

Aunque estés en situación de IT la empresa tiene que seguir cotizando por ti por la misma base de cotización que tenias antes de la baja mientras sigas vinculada a la empresa pero si estando de baja finaliza el contrato de trabajo la empresa deja de cotizar a la seguridad social porque en el momento de finalizar el contrato de trabajo o producirse el despido también se produce la extinción de la relación laboral. Por lo tanto si estando en situación de incapacidad temporal se produce la extinción del contrato de trabajo la mutua o el INSS dependiendo de con quien tenga concertada la empresa la prestación por IT te seguirán pagando la prestación por IT aunque su cuantía se modifica y pasa a ser la equivalente a la de la prestación por desempleo el 70% de la base reguladora los primeros 6 meses y el 50% el resto del tiempo pero si continuas de baja por IT, cuando vallas a dar a luz el medico te dará el alta por IT y la baja por maternidad y a partir del permiso de maternidad seguirás cobrando la misma prestación que te correspondería cobrar estando en el paro pero sin la aplicación de los porcentajes del 70 % los primeros 6 meses y el 50% hasta que agotes las 16 semanas de maternidad o lo que es lo mismo durante el permiso por maternidad tienes que cobrar el 100% de la base de cotización que se tomo en cuenta para calcular la base reguladora de la prestación por desempleo, de todas formas aquí te dejo el numero de teléfono de atención ciudadana del SEPE por si te queda alguna duda te la puedan resolver en ese numero de teléfono sin ningún problema:901 119 999).. Un saludo y buena suerte con el embarazo y con el parto.. No se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas