Si empiezo a trabajar el día 23, ¿Cuándo me corresponde el pago mensual? ¿El día 23 del siguiente mes? ¿Cómo funciona eso?

En primer lugar, muy buenas a todos! A ver si alguien me puede ayudar a resolver esta duda.

Resulta que el día 23 (marzo de 2017) empecé a trabajar en un "restaurante" de comida rápida, haciendo casi de todo, poniendo cafés, limpiando, barriendo, etc. Al igual que yo, lo hicieron unos 10 o 12 compañeros más, todos jóvenes, como yo, sin experiencia laboral. De momento no he firmado ningún contrato laboral, me pidieron el número de seguridad social y el DNI, poco más. La gerente en la entrevista de trabajo habló conmigo de que el salario serían unos 225€ brutos al mes y que trabajaría 10 horas los fines de semana. Entonces, hasta el momento no nos han comunicado cuando cobraremos, ni nos han dado ningún tipo de contrato a firmar, es cierto que apenas llevo 3 días, pero me gustaría saber si esto es lo más común en el mundo laboral. ¿Qué debería hacer en estos momentos? Ya que no quiero resultar molesto ni que la gerente entiendan que estoy desconfiando, pero me gustaría saber cuándo voy a firmar el contrato laboral, cuándo cobraré mi salario mensual, si se ajusta al convenio establecido...

Gracias de antemano! Espero vuestras respuestas! Y perdón por la ignorancia, pero tengo apenas 19 años y desconozco las situaciones del mundo laboral.

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Respecto a la pregunta de cuándo debes cobrar, indicarte que debes cobrar a final del mes de marzo. Las nominas se deben realizar de forma mensual, y por ello, a tí te correspondería cobrar los días trabajados desde el 23 de marzo hasta el 31 de dicho mes. El importe, la parte que te corresponda en función del salario pactado, que según indicas es de 225 euros/mes. 

Respecto a si es normal que 3 días después no te hayan dado a firmar el contrato laboral, indicarte en primer lugar, que la empresa tiene que haberos dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social, con anterioridad al inicio de la relación laboral. Puedes ir directamente a la Tesorería e informarte de tu situación. Respecto al contrato, más de lo mismo, lo normal y legal, es firmarlo con antelación al inicio de la relación laboral y registrarlo en la oficina de empleo en el plazo de 10 días desde su firma ( los remitirá la empresa telemáticamente). Por ello, no me parece demasiado lógico que aun no lo hayas firmado.

Respecto a la pregunta de si el salario es el adecuado en base al convenio colectivo, entiendo que en tu caso, el convenio colectivo aplicable es el de Hostelería ( del ámbito territorial en el que se encuentre el restaurante (Madrid, Barcelona, ect..). Deberías ir a él, buscar tu categoría y comprobar si el sueldo pactado es el marcado por el convenio o por el contrario es inferior, en cuyo caso, se estaría vulnerando por la empresa lo establecido en la legislación laboral.

Espero haberte ayudado. Por favor, valora la respuesta. Es importante para mi.

Buenas! En primer lugar muchas gracias por la respuesta. 

Resulta que era un fraude, ya que a los 4 días de haber iniciado el trabajo me comunica una de las jefas que no había superado "el período de prueba" (cosa que en ningún momento me comunicó, lo que me dijo fue que había sido seleccionado para trabajar los fines de semana 10 horas semanales con un salario de 225€ brutos, más las horas extras que serían 12 € brutos/hora), ante lo cual yo quedo sorprendido y pido una explicación. En resumen, no querían pagarme ni a mí ni a mis compañeros, que estuvimos esforzándonos trabajando y ni si quiera nos dieron de alta en la seguridad social en su debido tiempo, ni mucho menos nos han pagado nada. De hecho me dijeron "tú preocúpate por lo tuyo y no por lo de los demás" (insinuando algo así como: lo que te hemos dicho a tí también se lo diremos a otros), y esperaban que todos los que trabajamos estos 4 días nos vayamos sin decir absolutamente nada, ni reclamar si quiera por nuestros derechos como trabajadores. Lo peor es que posiblemente sigan realizando este tipo de situaciones fraudulentas y engañando a la gente sin experiencia como fue mi caso. He consultado en el SEF qué puedo hacer para exigir mi remuneración correspondiente por mis servicios prestados a esta empresa y me han comunicado que debo realizar un escrito de denuncia. ¿Sería esto lo más indicado? ¿Qué puedo hacer?

Lo único que quiero es que me paguen por mis servicios prestados y que sancionen a la empresa, si es posible, para que no realicen más este tipo de situaciones irregulares que en ningún momento tienen en cuenta los derechos del trabajador.

Tengo entendido que el plazo es de 20 días desde que se produjo la situación a reclamar.

Gracias de antemano.

En principio, el plazo de 20 dias del que me hablas, es el que se fija para presentar una demanda por despido. Si lo que vas a reclamar es tu salario, el plazo es superior, ya que tienes un año para reclamar lo que se te debe.

Respecto a una posible sanción a la empresa, mediante la reclamación de la cantidad, no van a sancionarla, unicamente se va a debatir lo que se te debe. Tal vez el presentar una denuncia ante la inspección de trabajo sea lo más adecuado para esos casos.

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