Gastos de hipoteca que debería pagar el banco

He escuchado en diferentes medios de comunicación que los gastos de notaría para constituir el préstamo, la inscripción en el registro y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) debería haberlos pagado el banco que me hizo la hipoteca, o haber pagado una parte...

Quería saber si esto es cierto y, si es así, saber qué pasos debo dar para recuperar el dinero que pagué por estos conceptos.

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Mónica,

Los tribunales están confirmando la nulidad de los gastos de la constitución de las hipotecas, tras la Sentencia del Tribunal Supremo.

Pero no hay unanimidad sobre los gastos que se declaran nulos.

Es mayoritaria la jurisprudencia menor que declara nulos los gastos de hipoteca de Notaria, Registro y Actos Jurídicos Documentados. El tema de los gastos de gestoría es controvertido. Y normalmente, los gastos de tasación no se declaran nulos.

Adjunto un artículo sobre como reclamar los gastos de hipoteca, en el que explico el tema. En el mismo, podrás descargar un modelo para hacer la reclamación previa al banco.

¡Gracias! 

¿Qué quiere decir con que "declara nulos los gastos?

¿Que los gastos de Notaria, Registro y Actos Jurídicos Documentados NO los tengo que pagar yo?

¿Los de gestoría SÍ tendría que pagarlos?

Hay que distinguir entre declaración de nulidad de los gastos de hipoteca y el derecho a recuperarlos.

Notaría y Registro se debe pagarlos la persona a cuyo favor se constituye un derecho. En este caso el banco es el favorecido por la constitución de la garantía. AJD el motivo es el mismo, recogido en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Pero en cuanto a la gestoría, el cliente se "ahorra" el trabajo de ir de un sitio a otro para "gestionar" los documentos, por lo que es más discutible. Lo normal es que los gastos de gestoría se repartiesen de alguna forma, pero no que se carguen completamente al cliente, por que el banco también se beneficia.

2 respuestas más de otros expertos

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Por ahora las entidades financieras no devuelven nada si no es por que lo ordene un juez español. Deberías buscar un abogado que te tramitara la denuncia, la tienes ganada al 99,99%.

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Aquí no hay nada cierto hasta que un juez lo dictamine.

Por ello, la única vía es ir sede judicial y reclamarlos.

De todos modos, nada pierde, planteelo en su banco e igual le proponen una solución positiva para ambas partes.

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