Gastos Escritura más Constitución

Necesito una aclaración sobre el importe de los gastos que conlleva la compra de una vivienda, así como los de constitución de hipoteca.
Pongo mi caso concreto para que me hagáis una simulación, aproximada, de cuanto sería el importe de todos los gastos anteriormente mencionados.
Importe de la vivienda: 154.000 euros (IVA incluido)
Pagos anticipados efectuados: 30.000 euros (IVA incuido)
Cuantía a solicitar de la Hipoteca: 125.000 Euros
Plazo: 30 años
Localidad: Pontevedra
Tipo de vivienda: Nueva
Como situación normal tengo entendido que se suele conceder el 80% del valor de tasación. Este valor de tasación ¿Es igual, superior o inferior al precio de compra? - Hablamos siempre en condiciones normales. ¿Sería de esperar que en función del valor de compra me concediesen los 125.000 euros que tengo previsto solicitar?
Os agradecería que me hicierías un pequeño desglose de todos los gastos que conlleva, tanto la adquisición de la vivienda como los de constitución de hipoteca, para mi caso particular - imaginemos que el banco no cobra comisión de apertura -

2 Respuestas

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Gastos de Compra-Venta
Vivienda Nueva - IVA : ¿10.075 ?
Vivienda Nueva - Impuesto de actos jurídicos documentados : ¿720 ?
Notaría: ¿481?
Registro: ¿270?
Gestoría: ¿240?
IVA (notaría, gestoría y registro): ¿38?
Gastos de Hipoteca:
Tasación: ¿250?
Impuesto de actos jurídicos documentados : ¿625 ?
Notaría: ¿532?
Gestoría: ¿298?
Registro: ¿258?
IVA (notaría, gestoría y registro): ¿48 ?
En cuanto al valor de tasación, puede ser inferior, igual o superior al de compra.
Algunos bancos conceden importes superiores al 80 %
Respuesta
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Vamos por partes.
1º en una 1ª transmisión (compra de vivienda a promotor) el impuesto que se paga es el iva y al 6% sobre el valor de la escritura del piso que debe de coincidir con el contrato firmado, lo que pasa que los promotores están obligados a repercutir el iva proporcional en cada cobro que reciben, es decir no se paga el iva todo junto al final.
2º ademas del iva se paga AJD y generalmente es otro 1% pero esto depende de cdes. Autónomas en las que si declaras en la escritura que esa vivienda va a ser tu residencia habitual por ej. en la cdad. valenciana solo pagas el 0,10%
3º el valor de tasación es sobre el cual los bancos conceden las hipotecas, obviamente en una obra nueva suele coincidir en la primera tasación que se hace sobre proyecto, pero cuando se finaliza la obra se tasa a valor actualizado, y hasta este momento suele ser bastante superior al del precio que tu firmaste en el contrato, porque no solo ha subido la vivienda terminada sino también la que estaba en construcción
4º en un valor de tasación NUNCA SE INCLUYE EL IVA (si es primera vivienda) ni el I.T.P. (IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES SI ES SEGUNDA TRASMISIÓN).
Dicho esto. Hoy todavía en circunstancias normales puedes esperar que una tasación actualizada de un valor bastante superior al precio pactado, por tanto el 80% de la tasación te debería dar para una hipoteca del importe que solicitas (de ahí que cuando se entregan las viviendas y la gente se empieza a subrogar en los prestamos la subrogaciones últimamente se han hecho con NOVACIÓN Y AMPLIACIÓN DE IMPORTE)
Si las tasaciones no dieren para ello los bancos no ampliarían los importes en las subrogaciones.
5º tu no aclaras si vas a subrogarte o vas a formalizar(constituir una hipoteca nueva)
Pero me anticipo, el A.J.D. también se paga por la hipoteca (por la responsabilidad máxima que es la suma de unas cantidades que tu no debes pero que son topes que la
ley obliga aindicar) y también es el1% pero...
Si lo que haces es subrogarte en el préstamo que ya tiene solicitado el promotor, este impuesto te lo evitas porque se paga cuando se constituye una hipoteca ( y esto ya lo hizo y lo pago el promotor) y no cuando uno se subroga.
Y por ultimo yo no tengo tablas exactas y lo que te voy a decir puede variar pero cuenta que los gastos que van a ir de tu cuenta son:
Por la compraventa sobre importe que indicas : notario, registro y gestoría sobre 1.000.-?
Sobre una hipoteca "que tu formalices" de 125.000.- : notario registro, gestoría y A.J.D
Sobre 3.900.-?
Sobre una subrogación más ampliación hasta los 125.000.-: notario, registro y gestoría
y a.j.d. del importe ampliado
Sobre 2.500.- / 3.000.-
Espero haberte resualto alguna delas dudas
Muchas gracias Nacho
Te comento que en mi contrato de compraventa se especifica claramente que el IVA repercutido en el precio de compra de la vivienda (nueva) es del 7% - Me llama la atención que me digas en tu correo que es del 6% - ¿Podrías aclarame esto?
A día de hoy no tengo formalizada hipoteca ni estoy subrogado. Según se estipula en contrato, en un momento dado, la promotora contactará con el comprador para informarle de la hipoteca por ella concertada, quedando a libre decisión del comprador, el subrogarse a dicha hipoteca o constituir hipoteca nueva. En el supuesto de subrogación, como tú bien indicas, el gasto de constitución es de cuenta del vendedor, y en el supuesto de Hipoteca nueva, son por cuenta del vendedor todos los gastos que conlleve tanto la formalización de su hipoteca como la cancelación de la misma.
Todos los pagos que he efectuado hasta fecha, con su 7% de IVA correspondiente, han salido de mis ahorros. En total ascienden a 30964 (IVA INC) - No tengo pendientes más pagos hasta la entrega de llaves (momento de la hipoteca)
Estoy un poco preocupado por el valor de tasación de la vivienda, ya que contrariamente a lo que tu me indicas, y dado que se está hablando que la vivienda en España está sobrevalorada en aproximadamente un 20%, y la situación actual de bancos y cajas, temo que el precio de tasación pueda ser inferior al precio de compra -¿Tú qué opinión tienes respecto desto?
Saludos y muchas gracias por tus aclaraciones
1º aclararte que efectivamente el iva es al tipo 7% siento el error de dedo cometido, aparte si lo del 1% o menos si tienes exenciones en tu cdad. autónoma.
2º en cuanto a la tasación que saldrá pues es evidente que yo no tengo la bola de cristal pero independientemente de las noticias y del bajón (real )que existe, hay unos valores que no caen de la noche a la mañana y menos los de la obra nueva, así que es de esperar que como ya te comentaba en mi primera contestación desde la fecha de adquisición hasta la fecha de entrega la tuya se haya revalorizado también pero coherentemente no a razón del 20% anual como la gente que vendía estaba pidiendo y los demás sin conocimiento comprando.
Y en cualquier caso tu estas dentro de unos parámetros de privilegio puesto que si en vez del 80 necesitas algo más pues es más que probable le lo concedan puesto que tu has aportado a esa compra de tus ahorros como dices un porcentaje lógico y aceptable (es decir que no vas como todo dios al 120% de préstamo sobre tasación).

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