Orden del día servicio de portería y hay entra el despido del portero

Como se debe poner en el orden del día para despedir al portero . Sólo con poner .propuestas a tomar de los propietarios y acuerdo. Sobre servicio de porteria.

1 respuesta

Respuesta
1

Sería perfectamente válido. No hace falta que conste explícitamente "despido del portero" si no quieren que él se pueda enterar si lo ve en el tablón de anuncios (si lo pregunta por este motivo).

Se ha cogido 25% de firmas por en el orden del día no estaba bien explicado y así no fue muchos propietarios ... ya que se creían que era mara mejorar el servicio no para desperme... ya se voto en secreto por estaba la madre del portero en la reunión... si hubiese estado mejor explicado hubiese ido más gente y la votación hubiese cambiado.

Como le indicaba antes, en mi opinión, el redactado es correcto y suficiente.

Lo que no tengo claro es el punto donde Ud. dice que "se votó en secreto porque estaba la madre del portero". ¿Qué quiere decir que se votó en secreto?

Y ¿qué se ha hecho exactamente? ¿Despedir al portero y contratar a otro? ¿Anular el servicio de portería?

Hola si se voto en secreto si o no sin poner nada mas.y en el acta pone 16 favor del despido y 11 en contra ...me quitan ami para poner  una mujer de.la limpieza y luego en enero poner al portero nuevo.....

Mi despido es para dos meses la junta fue 17 de agosto asta 18 de octubre este mes....pero me han comentado que tienen 60 para despedirme. ..

Sigo sin entender lo del voto "secreto". Se hizo una Junta y los asistentes votaron a favor o en contra del despido. No veo dónde está el secreto. ¿Se refiere a que el Acta no indica quién votó a favor o en contra? Si se refiere a eso, debería indicarme si es Ud. de Catalunya, pues el Código Civil Catalán obliga a que el resultado de la votación, con el detalle de quién vota a favor, en contra o se abstiene, conste en el Acta. La LPH, sin embargo, no lo indica.

En cuanto al número de votos, para eliminar el servicio de portería se necesitaría una mayoría de 3/5 partes. Para despedir a un portero y contratar a otro, es suficiente con mayoría simple (que, en su caso, existe sobradamente).

Entre disputas entre los propietarios de los que si querían servicio de portería y los que al final se decidió pero actual no y ay viene los votos secretos si o no si poner en el papel número de apartamento ni nada...solo si o no........

Un propietario me ha dicho que tienen 60 días para despedirme ....eso lo que entendido......si no me despiden para el 17 octubre que pasa....

Soy de alicanta

Para despedirle, deben avisarle con el tiempo que especifique en su contrato (imagino que 15 días). En caso contrario, pagarle los días que se incumplen de ese periodo de preaviso

No me han avisado a un....todo es legal...que se puede hacer para no ser despido sin tener que impugnar.el punto ese despido mio......

Se han recogido firmas 25% de los propietarios..para aclarar ese punto ya que no está bien explicado no fue muchos propietarios A la junta .y sobre los votos....se podía hacer una junta extraordinaria.

Lo lamento, pero como le decía antes, yo no veo nada irregular. El punto del orden del día está suficientemente claro. No es necesario dar más detalles. Y si se celebró la Junta y la mayoría votó a favor del despido, por lo que a la Comunidad se refiere, todo está en regla. Ahora sólo tienen que comunicárselo a Ud. (con o sin preaviso) y hacer la liquidación (finiquito) que legalmente le corresponda.

Aún así, si realmente existe una voluntad mayoritaria para no despedirle, el Presidente (o el 25% de propietarios) podría convocar una nueva Junta y acordar que se quede Ud. en su puesto. Pero no por ser ilegal el acuerdo anterior.

Si hay bastantes...

Pueden darme una segunda oportunidad o el acuerdo ay que ejucarlo... es por si cambian de opinión... que es muy raro ...

La Comunidad es libre de tomar el acuerdo que considere más oportuno. No es normal andar haciendo Juntas para votar una y otra vez sobre el mismo asunto, pero nada lo impide.

Si hay propietarios que no están de acuerdo con mi despido y representados en la junta que no sabían que su voto iba ser utilizado para despedirme. ....y se hizo saber al administrador.

Queda claro. Sin embargo no es ilegal. El que da su voto a otra persona para que lo represente, asume ese riesgo. Llega a suceder, incluso, que se cede el voto a alguien indicando qué se desea votar y la persona que lleva el voto decide votar otra cosa. Salvo que en el documento de representación se indique explícitamente qué se desea votar, no hay mucho que hacer en un caso así (salvo, por supuesto, no volver a confiar en esa persona para delegarle el voto).

Haber si quieren hacer una nueva junta extraordinaria o que me den otra opurrunidad ya que no tengo faltas ni leves ni graves....

Le deseo suerte!

Vamos haber que pasa...la decisión es la junta...presidente vecipresidentes....y si hacen caso a las firmas...y se lo piensan....el administrador dice que esta de mi parte para que me quede trabajando...

La Junta son todos los propietarios, no sólo los que ostentan algún "cargo" (Presidente, Vicepresidente, etc.). Y el Administrador no tiene voto, por lo que es irrelevante que esté o no a favor o en contra de que se quede. Aunque siempre es mejor contar con sus simpatías, claro.

Y no bastan unas firmas para que se replanteen el acuerdo. Las firmas son para poder convocar una reunión, en caso de que el Presidente se niegue a hacerlo. Las firmas no sirven para que Ud. no sea despedido, si se acordó hacerlo.

Me lo pone usted difícil para seguir con mi puesto de trabajo.en pocas palabras esta diciendo que el despido es ejecutable.y no se puede hacer nada....

En efecto, le digo que ahora mismo pueden despedirlo, si quieren.

No digo que no se pueda hacer nada para cambiarlo. Lo que se puede hacer ya se lo he comentado. Para cambiar el acuerdo tomado en Junta, sería necesario convocar una nueva Junta donde volver a tratar ese tema. Para ello, debe convocarla el Presidente. Si el Presidente se niega, pueden convocar la Junta si hay un 25% de propietarios (y de cuotas de participación) a favor de hacerlo (no a favor de que Ud. se quede o se vaya, sino a favor de reunirse para volver a hablar del asunto). Si se realiza la reunión y la mayoría decide que Ud. se queda, todo resuelto.

No pretendo decirle que el asunto sea fácil, ni todo lo contrario. Hoy por hoy, en principio, está Ud. despedido. Si no lo hacen, los que votaron a favor (y ganaron), pueden pedir responsabilidades al Presidente por no ejecutar el acuerdo.

El puede decir que ay propietarios que quieren que se me de otro oportunidad que ay firmas para eso que no están de acuerdo de la forma que se mea despidido......ya que no ay nada contra mi solo lo que a dicho el antiguo portero que vive en la misma finca....que no voy a trabajar que no quiero vivir en la porteria....y que tengo la finca abandonada....en invierno....pero el administrador no tiene ninguna queja de mi....y el presidente hablo con un vecino para decirle que opinaba si me daban otro oportunidad...el vecino dijo que si que el no tenia ningún problema...que no veía bien despedir a una persona por despedir..sin motivos....

Todo eso está muy bien, pero no tiene ninguna validez legal. Lo que vale es lo que se aprobó en la Junta: despedirle.

Para que eso cambie, no sirve que haya personas a favor de que se quede. Es necesario un nuevo acuerdo en una reunión. Por desgracia, las "buenas intenciones" del Administrador o de este o ese vecino, que no están de acuerdo con su despido, no son suficientes.

Consiga que la gente que le apoya convoque una nueva reunión o puede ser despedido en cualquier momento, sin más.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas