Puedo poner un toldo en el balcon de la fachada que no sea axactamente igual que los demas?

Hace 4 años compre un piso en el cual me he dado cuenta de que algunos vecinos son un poco quisquillosos y querria instalar un toldo que es azul como los demas pero con rayas blancas anchas, es decir que no es un color plano como los otros. Hay una de las vecinas que tiene uno azul con unas rayas blancas muy finas pero casi azul. Me han dicho varias personas que si el edificio tiene mas de 25 años no debo pedir permiso y podria ponerlo sin problemas. ¿Alguien me podria decir si esto es verdad? ¿Tienen qué ser todos los toldos iguales o pueden ser algo diferentes como el que yo planteo? Otra cosa. Tengo tambien una terraza comunitaria de uso privado y me gustaria instalar un tejadito a la salida. ¿Si lo comento en la reunion tienen que darme permiso todos los vecinos o hay un porcentaje de votos con los que se me permitiria instalarlo?

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Esa información es completamente errónea pues no lo puedes hacer debido a la LPH que establece el respeto por las fachadas. Tienes que hacer la propuesta en junta y que allá sea aprobada. Quienes tienen un tono o diseño diferente diferente han violado la LPH y en algún momento se tendrán que ponerlos en cintura. Igualmente para lo del tejadillo debe ser aprobado en junta. Tal como lo aclara poliplos esos son los porcentajes que necesitas para poder hacer esas modificaciones.

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Que yo sepa, no existe esa "liberación" a los 25 años. ¿Esas personas le han dicho dónde han obtenido esa información?

Si la Comunidad, por decisión propia, ha acordado que los toldos deben ser iguales (o lo más parecidos posible, razonablemente), debería respetarse. Además, en realidad es una decisión bastante lógica, para que la fachada de la Comunidad no se convierta en algo parecido a una playa en el mes de Agosto, con sombrillas para todos los gustos.

En cuanto a la alteración de la fachada para la colocación del tejadillo, sería necesaria la aprobación por parte de las 3/5 partes de propietarios y cuotas.

¿Ese acuerdo de los toldos donde debe constar? ¿Debe estar por escrito? Es que no quiero que me vendan naranjas por limones que ya voy viendo como son algunos aquí. Muchas gracias por su respuesta por cierto.

Si existe ese acuerdo, tomado en Junta, debería constar en Acta. Pero claro, si la Comunidad tiene más de 25 años, quizá no sea posible localizarlo.

Para no molestar más, ¿alguien me puede decir donde puedo informarme de todo lo referente a normativa de terraza comunitaria de uso privado? ¿Algún sitio físico donde puedan ayudarme a resolver todas las dudas que tengo? Os agradezco muchísimo la ayuda ya que soy nueva en todo esto y ya he metido la pata comprándome el toldo que seguramente no podre poner y no quiero meter más la pata.

Puede consultar la Ley de Propiedad Horizontal en http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906 

No habla específicamente de las terrazas, pero sí de todo lo referente a Comunidades (adopción de acuerdos, mayorías, elementos comunes/privados, etc. etc.)

En cuanto al toldo, quizá pueda hablar con la empresa que se lo ha vendido, para ver si le pueden cambiar la tela. Incluso, si las medidas del que ha comprado son estándar, quizá se lo puedan hacer a coste menor, si ellos pueden reaprovechar la tela que a Ud. no le sirve.

En cualquier caso, la estructura, que es la parte más cara, la puede aprovechar.

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