Obligación trabajador de agencia de viajes

Trabajo en una agencia de viajes con contrato indefinido desde hace 7 años, y mi nivel profesional es como Aux Adm.

Mi jefe, dentro de mi horario laboral, quiere que efectúe visitas a colegios para la captación de viaje escolares, dentro de un programa, en el cual no creo.

Dichos acercamientos a colegios sería en transportes públicos, ya que yo carezco de coche, y la empresa no me lo proporciona; si no, tendría que ir a pie. (Me abonaría dicho transporte)

Yo me niego a efectuar dichas visitas, y su reacción es que entonces irá a por mí con todas las consecuencias y llegará hasta el final.

Mis preguntas son:
- ¿Con mi categoría profesional puede obligarme a dicho trabajo?

- ¿Si tal como me insinúa y únicamente debido a éste tema, me despidiese con un despido procedente, tendría derecho a paro?

A la espera de una contestación por su parte.

1 respuesta

Respuesta

Hoy por hoy el contrato indefinido no dice nada, solo sirve para pedir un crédito al banco y ahora ya ni eso. Supongo que tu trabajo por el cual entraste en la empresa era para realizar las funciones de agente de viajes, si no es así corrígeme. Lo de categoría de auxiliar administrativo es una base para cotizar, la cual pertenece al grupo 7. Si llevas tantos años lo normal es que ya estuvieras en el grupo 5, oficiales administrativos. Los agentes de viajes también entran en esos grupos.

Las funciones de un agente de viajes en una oficina también pasan por ser comercial de la empresa. Tu jefe tiene una idea de preparar un programa para traer más trabajo e ingresos a la empresa y te pide que hagas de comercial visitando clientes, si el programa es de tu gusto o no es lo que menos importa, es tu jefe, el que paga y si se equivoca o no será su problema y sus gastos si los hubiera. Si está dentro de tu horario comercial, te lo mandan, y te niegas a hacerlo es motivo de despido procedente al no querer realizar las funciones requeridas que también corresponden a tu puesto como es, repito, ser comercial. Los desplazamientos tienen que ser pagados por la empresa y no por ti, te mandan pues que page. Míralo de otra forma, mientras estas fuera no estás en la ofi, y estas trabajando también, salir de vez en cuando tampoco está mal.

Pongamos otro caso, tu jefe quiere exponer en una feria que se hace en la localidad, monta un stand y te dice que tienes que estar tú, si es dentro del horario comercial tendrás que estar y el resto del tiempo que pase del horario te lo tendrá que pagar o sustituirte.

Como he comentado antes, el no realizar una tarea que se te designa es motivo de falta grave, si se continua en ello es despido procedente y no se cobra paro.

Anímate mujer, ve el lado positivo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas