Reabrir caso

En el año 2007 jugando en una casa de apuestas por internet cuando ganaba dinero bloquearon la página, denuncie a la casa de apuestas en el juzgado de instrucción por un posible delito de estafa y contrabando, utilizando como prueba la impresión de pantalla del juego bloqueado y el juez decidió el sobreseimiento provisional porque no resultaba debidamente practicada la perpetración de la infracción penal, bien comentándolo con un abogado me dijo que porque no lo recurrí y claro yo le dije que de esto no entendía y que hice lo que pude y bastante poniendo la denuncia directamente en el juzgadoy ademas el plazo del recurso era de tres días, dándole vueltas a la cabeza y creyendo que no puede quedar impune esta actuación y teniendo más pruebas como llamadas telefónicas ingresos etc. Quería saber como podría reabrir esto, si mandando toda la documentación a alguna fiscalía o como.

4 Respuestas

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Si el auto es de sobreseimiento provisional por falta de pruebas quiere decir que no se ha cerrado definitivamente y que en caso de tener pruebas puede presentarla por si el juzgado decide reabrirlo
Otra cosa es el auto de archivo por entender el juzgado que no es constitutivo de delito
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Le recomendamos que realice la denuncia asesorado por un abogado, si es que se puede y a la vista de las pruebas de que dispone... El problema que puede tener es que la casa de apuestas por internet no tendrá domicilio en España y le sera complicado que le admintan la denuncia y que consiga algo...
Agradecemos valoración de la respuesta.
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Debería ponerse en contacto con un abogado, es el que mejor le puede asesorar.
Pero en su defecto, puede usted presentar escrito ante la fiscalía en el que aporte las pruebas del presunto delito cometido, inste a la misma a abrir el sobreseimiento que se hizo anteriormente ante la aparición de las nuevas pruebas.
Tenga la seguridad de que la forma de que se pueda volver a abrir, es ante las presiones de un buen abogado.
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Yo entiendo que si el sobreseimiento fue por que no se probó suficientemente la infracción lo que procede es enviar las nuevas pruebas al juzgado que inició el procedimiento. Si además han cambiado el titular, como es frecuente, quizás se lo mire con más ganas. Esto lo puede hacer usted mismo cumplimentando una instancia que le han de proporcionar en el juzgado y numerando y adjuntando las pruebas o hacerlo en casa y entregarlo para que le den entrada.

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