Multa de aparcamiento con enmiendas y tachaduras

En el cristal del parabrisas de mi coche me dejó la Policía Local de mi pueblo un boletín de denuncia por aparcamiento indebido. En realidad el vehículo no estaba aparcado sino simplemente parado puesto que la detención duró menos de dos minutos y se estaba realizando la descarga del maletero de la compra realizada momentos antes. La cuestión no es donde estaba parado el coche, mi pregunta se deriva del hecho de que en el citado boletín aparecen en el apartado datos del vehículo los de otro coche (marca, color, matrícula), tachados, pero no lo suficiente como para que no se puedan distinguir claramente. Como el espacio ya estaba ocupado, el agente rellenó los datos de mi vehículo en el apartado observaciones- ¿Podría alegar que el documento tiene enmiendas y tachaduras para intentar conseguir la nulidad de la multa? ¿Me podrías indicar que norma es la que establece que no son válidos los documentos administrativos que presenten enmiendas y tachaduras? ¿Se podría considerar defecto de forma?

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En primer lugar, aclarar conceptos, se entiende como parada la detención de un vehículo sin que su conductor abandone este, durante el tiempo preciso para la entrada o salida de pasajeros, no pudiendo exceder este en ningún caso de 2 minutos, estas paradas se realizarán en lugar que menos entorpezca la circulación y nunca donde genere un riesgo evidente para el resto de los usuarios de la vía.
Dicho esto, un boletín de denuncia que no ha sido firmado por el denunciado, no tiene la consideración de notificación formal, si no la de un mero aviso de denuncia que no tiene valor legal, es más la nueva legislación ni siquiera obliga a su comunicación si el conductor no está presente, pudiendo hacerlo a posteriori por correo en el domicilio del titular del vehículo. Por lo tanto en caso de recurso solo conseguirías perder el descuento.
Espero haberte aclarado el tema, un saludo y no olvides cerrar la respuesta para poder formular otras,
Txema
Gracias Txema por tu contestación, pero no me aclaras mi duda. La cuestión radica en que en el boletín aparecen dos vehículos como sancionados, aunque uno de ellos está tachado, pero no lo suficiente porque pueden verse todos los datos. ¿Ese boletín es válido? ¿Se pueden admitir tachones y/o enmiendas en la multa que te dejan en el coche? En principio era al otro coche al que iban a multar, pero apareció el propietario y no lo hicieron. ¿No debería el policía local haber anulado ese boletín y multar con otro, detallando los datos en el sitio correcto?, con independencia de que sirva o no como notificación. Gracias de nuevo
Si partes de la base de que no hay obligación de notificar al conductor ausente y de que un boletín de denuncia no firmado no es una notificación formal si no un mero aviso, no.
Las tachaduras y enmiendas se contemplan para los documentos y notificaciones oficiales, en este caso no es ni lo uno ni lo otro. Lo siento, pero no es base para un posible recurso.

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