Desempleo tras 18 meses de IT

Estoy a punto de cumplir 18 meses de baja por incapacidad temporal, y estoy pendiente de una operación de reconstrucción de una ileostomia, que puede tardar 2 o 3 meses en producirse. Después de la operación necesitaré un mes más y los médicos considerarán que me podrán dar el alta médica.
Dado que después de los 18 meses mi empresa deja de cotizar por mí, tendré 3 o 4 meses en los que no tendré cotizaciones. Y eso me preocupa porque si después me reincorporo a mi empresa y al cabo de un mes o dos me voy al paro, dado que para calcular la prestación se tiene en cuenta las cotizaciones de los 6 meses anteriores tendría varios meses sin cotización y la prestación se reduciría considerablemente
¿Es esto así? ¿Se puede hacer algo para que después de los 18 meses de incapacidad temporal no pierda el derecho a parte de la prestación de desempleo en el caso de que me
quede en el paro tras la reincorporación a mi empresa?

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Estas confundiendo la base reguladora de la pensión de jubilación donde las lagunas de cotización se completan con la base de cotización mínima existente en cada momento, con la base reguladora de la prestacio por desempelo que no tine nada que ver la una con la otra porque si durante tu contrato de trabajo tienes una baja por Incapacidad Temporal (IT) y, al finalizar el contrato de trabajo, continúas de baja, seguirás percibiendo la prestación económica de IT hasta el alta médica, aunque su cuantía se modifica y pasa a ser la equivalente a la de la prestación por desempleo. Una vez que obtengas el alta médica tienes quince días hábiles para solicitar la prestación por desempleo, y la cuantía de la prestación se, obtendrá tomando como base reguladora la cuantía de cotizaciones efectuadas por ti y por la empresa por contingencias profesionales en los 180 últimos días activos y no los días que has permanecido de baja, pero cundo vallas a solicitar la prestación por desempleo de los días que te correspondan de prestación, te van a descontar todos los días, que hayas permanecido de baja desde la fecha del despido hasta la fecha del alta medica, y la única forma de que no te descuenten esos días es no solicitando la prestación por desempleo y trabajando, una temporada por 1, 2,3, o, xMeses, Lo que sea pero que el cese de la actividad laboral con la empresa sea por finalización de contrato, por no haber pasado el periodo de prueba por despido, etc es decir que sea a instancias del empresario u y no por voluntad tuya, y cuando vallas a solicitar la prestación, no te desquitaran ninguno de los día que permaneciste de baja.. Un saludo.. no se te olvide finalizar la pregunta

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