Pensión de padre a hijo

> ¿Puede un hijo recibir la pensión de un padre? La pensión es muy baja, pero el hijo se ha ocupado del padre y convivido con él... ¿es posible? ¿Hay alguna posibilidad o supuesto?

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Solo un supuesto, situación en la que el hijo no tenga ingresos ni tampoco sobreviva su madre (es decir, que esté completamente solo), en ese supuesto hay dos variantes:
Hijo menor de 45 años: Percepción durante un año de un subsidio.
Hijo de 45 o más años: Percepción de pensión en favor de familiares de manera vitalicia.
Documentación:
Fe de vida, renta año anterior del hijo, Certificados de los bienes de padre e hijo, Declaración del hijo conforme no tiene ingresos, certificado de defunción de los dos progenitores, Certificado de convivencia donde conste una convivencia mínima de 2 años con anterioridad al fallecimiento.
La pensión, en el caso de los mayores de 45 años, es proporcional a lo que percibía el padre.
Sí me has aclarado mucho! ¿Esto solo se puede solicitar si la pensión del padre es de las que llaman "No contributivas" y muy bajas? ¿O si fuera una pensión Contributiva también se podría solicitar?
Muchas gracias.
Es al revés, se puede solicitar cuando la pensión es "contributiva", ya que las no contributivas son exclusivamente personales y no transferibles, al no estar generadas con cotizaciones, sino resueltas y aprobadas por carencia de ningún tipo de ingresos.

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