Autónomo informático

¿Puedo darme de alta como autónomo informático siendo mi trabajo enfocado en varias áreas como técnico, profesor, venta de dispositivos informáticos y tecnológicos así como consultor informático(algo así como impartición de cursos para asociaciones, ong's, ayuntamientos y empresas)?
¿Tendría qué dar de alta varios módulos de autónomos, o todos están incluidos en el mismo, es decir, dándome de alta de todas las actividades a la vez solo pagaría al mes los 230o 240/mes de alta de autónomo o tendría que pagar eso por cada actividad?
¿Qué ayudas podría recibir, o bien, podría no tener un sitio de cara al publico y realizar todas estas actividades, pues normalmente son a domicilio?
Respuesta
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En primer lugar tanto si creas una sociedad, y eres socio, como si solo trabajas como freelance, autónomo o profesional tienes que darte de alta en autónomos y la cuota es independiente de que se tenga 1, 2 o 3 actividades. Es la cuota por la alta y se paga al mes
En segundo lugar, si vas a desarrollar estas actividades deberás darte alta en hacienda por tantas actividades que se desee realizar. En el caso de los profesionales, los epígrafes son menos numerosos. Ahí va un ejemplo:
Tu actividad principal la situaría en el Grupo 7 de profesionales (profesionales de la informática)
En cuanto a las demás, y más pensando en la formación lo situaría en la 824.
El IAE se paga anualmente en función de cuotas fijas y se determina en función del espacio utilizado, potencia en kw necesaria, población y actividad.
En este caso el coste anual sería aproximadamente entre 200 y 400 euros anuales. (APROXIMADAMENTE Y SIN HACER CÁLCULOS), por actividad.
Según la actividad indicada hay distintos tipos de IVA, por ejemplo, la formación esta exenta de IVA, si es venta de material informático el 16%, como tipo general. Si ese material informático es para uso médico (TAC, escáner etc.) es al 7%. Si son ventas de documentación el 7%. La consultoría, asesoría y servicios profesionales el 16%.
La actividad de la empresa puede desarrollarla en cualquier sitio, hay profesionales cuyo lugar de trabajo es un despacho en su casa. Al darse de alta en hacienda, le solicitan el domicilio fiscal, lugar donde se va realizar la actividad. Por lo tanto donde quiera o desee.
Ese domicilio se puede cambiar con el tiempo.
Ayudas en este campo, son pocas, pero depende con que administración vaya a trabajar puede obtener una.
Si no tiene más preguntas, cierre y puntúe.
Una respuesta genial, muchas gracias. Pero, según tu experiencia, me recomendarías llevarlas a cabo según están las cosas, he pensado la posibilidad de esperarme a enero o febrero a ver como va la situación económica. Si bien, el hecho de no ser mucho riesgo económico quizás me lleve a probar.
Y, más o menos, ¿qué costes mínimos mensuales o trimestrales tendría si me doy de alta en mi vivienda? Por mes, según tengo entendido son unos 220 o 230 de ss, trimestralmente gastos de asesoría que creo que pueden ir sobre los 80 o 100, los gastos del IVA creo que también son trimestrales y lo que me has comentado del IAE anual de 200 o 400. ¿Es algo así?
Ya para terminar, y con esto se acaban mis preguntas, ¿El hecho de dar de alta como domicilio fiscal mi vivienda habitual implica que la actividad la tengo que realizar en el mismo? Es decir, yo puedo dar de alta mi domicilio y dar las clases en cualquier otro sitio, así como la venta, y lo demás. Te explico, yo actualmente estoy dando clases particulares de informática sin estar dado de alta(estoy probando antes de dar de alta en ss) y estas clases las doy en un bajo familiar. La idea sería estas clases a nivel particular seguir dándolas ahí y los cursos de formación a ong's, asociaciones u otros en sus centros.
En este caso yo daría de alta mi domicilio como dirección fiscal, pero las clases las seguiría dando en este local familiar. Y ya no se si para ello tendría que tener, una vez dado de alta, las condiciones de locales comerciales del ayuntamiento, o bien, si lo puedo dar de alta como clases particulares no haría falta. Esta es mi ultima duda, gracias.
Las oportunidades para tu negocio las conoces tu mejor que yo, no obstante, si en estos momentos ya tienes clientes e intuyes que podrías conseguir más desarrollando esa actividad, yo te diría que adelante. Salvo que tengas otra cosas, con la condición de ser una actividad lucrativo, asumir los gastor y obtener beneficios
Los gastos dentro del negocio podrían ser los siguientes:
- La cuota de autónomo mensualmente (menos de 45 años 230, mayor de 45, 260 euros mensuales)
- Gastos de funcionamientos (Teléfono, luz, alquiler del local, material didáctico etc..) mensualmente
- Gastos de viajes y desplazamiento cuando los haya.
- El IVA no es un gasto. Se declara y paga a hacienda las cuotas recaudadas a los clientes, mediante factura de servicios, deduciendo las propias, pagadas a tercero por las compras y gastos incurridos. (Luz, agua, teléfono, materiales etc..)
- El IAE anualmente.
Además de todo esto el 20%, a liquidar a hacienda anualmente, por los rendimientos netos obtenidos de la actividad.
Si fuese sociedad sería tres pagos a cuenta de 20% sobre los resultados obtenidos en los periodos (Abril, Octubre y noviembre) o sobre el I.S. pagado en el año anterior, que se deducirían del pago a realizar a hacienda del I.S. (25% sobre los rendimientos netos).
Estos serían los gastos y las obligaciones fiscales del negocio.
En cuanto al domicilio, uno puede ser el fiscal de la actividad y otra donde se desarrolla la actividad. Pudiendo dar de alta, el domicilio, como el fiscal y en el IAE declarar el local donde impartes clases, lugar de la actividad. En muchos casos estos dos lugares son el mismo. En el IAE habría que declarar los m2 del local, kw etc...
De esta forma evitamos posibles inspecciones municipales que podría ser muy gravosa y llegar al cierre del lugar de la actividad hasta su acondicionamiento reglamentario. A pesar que los gastos de tasas municipales que haya que pagar, lo que implica adecuar el local con las ordenanzas muncipales. (Luz, electricidad, condiciones de trabajo etc..). Siempre esta el peligro de una denuncia de alguien de la finca.
En este apartado habría el coste de la licencia de apertura y el informe pericial, aproximadamente unos 300 euros, y después la obras de acondicionamiento (servicios, cocina etc..) el 1% sobre el total de la obra de acondicionamiento.
Si ese local esta a tu nombre, no se plantea ningún problema, pero si esta a nombre de otra persona, habría que hacer un contrato de alquiler, al precio que más os convenga.
Si quieres ampliar este tema, te doy un teléfono para solicitar una entrevista con un técnico del ayuntamiento. : 915 882 313
Si la actividad se realiza en un sitio externo, no habría que hacer los tramites con el ayuntamiento y solo responder a las obligaciones fiscales ya mencionada.
Si además el proyecto incluye venta de suministros informáticos, que previamente estén almacenados, habría que pensar en ello.
Espero haberte respondido. En caso de duda vuelve a preguntar.
Solo una cosa para terminar que no me ha quedado clara. Mi idea es poner mi domicilio habitual como fiscal y hacer lo siguiente:
--> A nivel docente seguir dando las clases particulares en la cochera familiar, pero sin meterlo como domicilio en el que se desarrolla la actividad, ya que igual tengo unos horarios que otros y más o menos gente, nada es fijo ni alumnos ni horario.
Y la impartición docente en asociaciones o grupos de personas realizarla en los lugares que ellos tengan disponible.
--> A nivel de venta, mi idea es vender personalmente, la idea es a familiares, amigos, vecinos,... es decir, en la mayoría de los casos la mercancía será directa desde la compra al proveedor a la venta al cliente, con lo cual a lo sumo si hay algo, que será poco, que guardar, lo guardaría en mi domicilio habitual que también sería fiscal.
--> A nivel de creación de programas, lo desarrollaría en mi domicilio habitual.
--> Y a nivel de reparaciones, en el domicilio del cliente, salvo casos excepcionales en los que el ordenador me lo llevaría a mi domicilio.
Mi idea es no tener que entrar en alquileres, gastos de alta de local(el bajo familiar) por ayuntamientos,... . Ya que la cochera en la que imparto mis clases al ser familiar no me cobran nada de luz, ni otros posibles gastos y tengo total disponibilidad.
Si es posible hacer esto sin tener que dar de alta el local en el ayuntamiento siendo legal igualmente, pues la verdad es que se trata de realizar una inversión inicial mínima para probar.
Esperando tu respuesta, muchas gracias anticipadas.
En relación con las clases y siempre que este en el domicilio familiar y como clases particulares, no habría inconvenientes.
Por las otras actividades, tales como piensas desarrollarlas, no veo problema alguno en hacerlo en principio como lo indicas.
Lo único desearte suerte en tu nueva aventura.
Muchísimas gracias por todas tus respuestas, me han servido de gran ayuda.
Un saludo y agradecerte tu excelente aportación desinteresada de tus conocimientos a los que nos planteamos emprender.

2 respuestas más de otros expertos

Respuesta
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Yo creo que lo más ajustado a tu actividad sería darte de alta en el epígrafe (762) "Doctores y licenciados en informática", lo que te comprendería casi todas las actividades que describes. Si posteriormente aumentas tu oferta de servicios puedes cambiar de epígrafe o sumar otros.
En todo caso con una única alta de autónomos puedes desarrollar todas las actividades que quieras, no tienes que darte de nuevo de alta por cada una de ellas y, por supuesto, no tienes que cotizar el doble si te das de alta en dos actividades, por esa parte puedes estar tranquilo.
Las ayudas que puedes tener son las ayudas del INEM par ala creación de empresas, pero si la inversión que vas a hacer es nula o casi nula no vas a tener derecho a nada puesto que se calculan en función de la inversión inicial.
También puedes consultar en tu comunidad autónoma puesto que suelen existir ayudas autonómicas a la creación de empresas.
Si estás cobrando el paro puedes pedir la capitalización de la prestación por desempleo, puedes ver más información sobre esto aquí: PAGO ÚNICO DEL DESEMPLEO.
¿En caso de darme de alta en el epígrafe (762) "Doctores y licenciados en informática", implica la necesidad de ser licenciado en informática? Lo digo por que soy tec.inf.gestión y no tengo terminada la carrera de ing.tec.inf.gestión.
En principio sí, pero existen otros epígrafes dentro del mismo grupo que son:
(763) Programadores y analistas de informática
(764) Diplomados en informática
(765) Grabadores, informáticos y otros profesionales auxiliares del tratamiento electrónico de datos
Puedes elegir la que más se ajuste, en todas ellas el tratamiento fiscal, laboral,... es igual
Respuesta
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Puedes darte de alta en varios epígrafes de hacienda. La cuota de la seguridad social es una aunque realices varias actividades.
Lo de las ayudas no se puede resolver en un foro como este porque hay que consultarlo en función de la comunidad autónoma, inversión, .. varias variables, requisitos, etc

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