Baja voluntaria trabajador, trámites del empresario

Uno de los trabajadores de mi empresa ha solicitado la baja voluntaria. Mi pregunta como empresario es qué trámites debo realizar en la Seguridad Social o en el INEM, o en ambos sitios.

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Debes realizar el mismo trámite que cuando le contrataste pero a la inversa. Es decir, el trabajador, en su carta de baja voluntaria, habrá puesto la fecha del último día de trabajo (normalmente se avisa con 15 días). Esa fecha es en la que hay que realizar la baja del trabajador en la Seguridad Social. Con el INEM no hay que realizar nada puesto que si el trabajador pretendiera cobrar prestación, (que no lo va a hacer), en el INEM lo primero que le van a pedir es la carta de despido o fin de contrato, algo que no existe puesto que ha sido baja voluntaria. Lo más seguro es que esta persona deje la empresa porque ha encontrado un trabajo mejor para él. De forma que el único trámite es la baja en la seguridad social en la fecha indicada por el trabajador. Si no ha avisado con 15 días, la empresa tiene derecho a descontar los días restantes de preaviso. Has de preparar el finiquito y por supuesto, archivar perfectamente el documento de baja voluntaria.

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