Contrato

Buenos días:
El otro día me respondió a una pregunta que le formulé sobre un contrato como monitora:
Empecé a trabajar el 16 de octubre de 2008 como monitora de actividades extracurriculares, este contrato finalizó el 30 de junio.
El 3 de julio firmé en la misma empresa otro contrato hasta el 31 de julio que fue prorrogado hasta el 14 de agosto de 2009 como monitora de campamentos de verano.
En estos dos contratos y prorroga la jornada era completa y el contrato por obra o servicio.
El 2 de octubre de 2009 me han vuelto a dar de alta como monitora de actividades extracurriculares, con una jornada de 32 horas y con un contrato por obra o servicio determinado. Este contrato tiene fecha de finalización el 31 de mayo de 2010.
Mi convenio es: Enseñanza Privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

Su respuesta me quedó muy clara pero decía usted que no le había comentado el objeto de los contratos de invierno y son:
Para el que firmé el 16 de octube de 2008: Colaboración como monitora.
Para el del 3 de julio 2009: monitora campamentos de verano.
Para el del 2 de octubre de 2009:monitora de actividades extracurriculares.
¿Cómo queda ahora mi contrato?, ¿Sigue estando en fraude de ley?.
Un saludo y muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Con respecto a los 2 primeros contratos ya no puedes hacer nada porque entre el 14/08/09, fecha en que finalizó el 2º contrato, y el 02/10/09 pasaron los 20 días hábiles que hay de plazo para interponer una demanda por despido.
En el contrato actual se han limitado a poner como objeto del contrato "monitora de actividades extracurriculares". No han identificado con suficiente precisión y claridad la obra o servicio objeto del contrato, deberían haber puesto la actividad extraescolar a desarrollar (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rd2720-1998.html#a2). Pero la empresa, tiene a su favor que el convenio aplicable permite cubrir con contratos de esta naturaleza los que tengan por objeto "Impartir asignaturas optativas excepto las de oferta obligatoria para los Centros".
Aunque es factible que un juez te diera la razón si reclamas por despido a la finalización del contrato por haber un defecto de forma en el contrato, no lo veo absolutamente claro. Por otra parte, en el caso de que te dieran la razón la empresa seguramente optaría por despedirte y sólo obtendrías una indemnización pequeña (inferior a 45 días por año trabajado) más salarios de tramitación, pero quedarías mal con la empresa.
Yo en tu lugar esperaría a trabajar 24 meses en un periodo de 30 para plantear a la empresa que te hagan fija.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas