Duda sobre despido

Hola, vamos con el tema. Primero te doy los datos y luego las preguntas,
- Tenia contrato Eventual por circunstancias de la produccion con inicio 21/01/2008 y final el 20/07/2008
- Estoy de baja por enfermedad, aunque creo que este dato es irrelevante
- Ayer recibí un burofax notificando me la rescisión de contrato a fecha 11/06, como despido improcedente y acogiéndose al art.52, apartado. B del estatuto de los trabajadores
- Como causas detalla: bajo rendimiento en el trabajo y falta de atención.
Ahora las dudas,
- No he contactado con la empresa, quiero asesorarme antes de hablar con ellos ¿qué plazo tengo para ir allí?
- No estoy de acuerdo con la redacción de las causas de despido, aceptaría el despido si se cambian por "falta de adaptación al puesto de trabajo". ¿Si me niego a firmar hasta que se cambie puedo solicitar el paro mientras llegamos a un acuerdo?
- ¿Qué plazo tengo para solicitar el paro?
- ¿Qué hago si me niegan el cambio de redacción? ¿Puedo solicitar el paro igual aunque entremos en litigio?
Gracias

3 Respuestas

Respuesta
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Ahí una cuestión importante en el asunto y es que la propia empresa, por si misma, ya reconoce la improcedencia del despido indemnizado en consecuencia. Del articulo del estatuto y las causas me juego un café a que son inventadas y no es más que una excusa, por lo que efectivamente reconocen la improcedencia.
Sobre el plazo, a partir de la fecha de despido efectivo se puede acudir a la empresa a solicitar tanto la documentación como el importe del finiquito. Por cierto, si el despido no se ha preavisado con 15 días debe incorporarse al finiquito una indemnización para el trabajador por los días que faltaren hasta los 15.
El plazo para solicitar el paro es de quince días desde la fecha del despido. Se precisa presentar la carta de empresa, dni, dos ultimas nominas y pedir cita previa en la oficina correspondiente.
En cuanto a la causa y demás, sinceramente, tratar de litigar para que se corriga es una cuestión personal pero que legalmente no va a tener más implicación puesto que la empresa ya reconoce la improcedencia del despido y por tanto indemnizara a razón de 45 días por año, máximo importe. Esa causa no va a constar en ningún sitio y no va a suponer menoscabo alguno de cara a un futuro empleo.
Un saludo
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Respuesta
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Respuesta a la primera pregunta: Si no estas de acuerdo con el despido tienes 20 días para interponer la correspondiente demanda.
Respuesta a la segunda pregunta: Si como veo estás " conforme" con el despido, y no con la causa del mismo, tendrías acceso al paro. Ahora, ten en cuenta que en el INEM te van a pedir la carta de despido para justificar dicha situación, con lo cual deberás llevarla con la redacción correcta.
Respuesta a la tercera pregunta: 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo.
Respuesta a la cuarta pregunta: Si se niegan al cambio de redacción, y tú sigues considerando que esa no es una causa justa de despido solo te quedará la correspondiente demanda judicial por despido improcedente. En todo caso ellos ya te han reconocido la improcedencia, por lo que no entiendo que no aceptes la causa que ellos te indican. En todo caso si los demandaras podrás solicitar el paro igualmente
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En principio da igual cómo justifique la empresa tu despido, siempre y cuando sea improcedente. Eso quiere decir que la culpa es de ellos y no tuya, por tanto tienen que indemnizarte todo lo habido y por haber por desperdirte estando de baja. Yo lo que haría sería ir a hablar con ellos y comentarles lo que solicitas, si a ellos les urge despedirte, no creo que les importe cambiarlo, igualmente te van a pagar lo mismo. Lo del paro es un follón, porque al no tener los papeles aún va bastante lento y lo mismo arreglas antes el despido que lo del paro.

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