Horario laboral

Algunos trabajadores (la mayoría) han planteado la jornada intensiva para los meses de julio y agosto. Esto hace que haya que recalcular el horario para aumentar algunos minutos durante el invierno para compensar las horas de verano. Tengo dos cuestiones: ¿Debemos compensar a los trabajadores que se cogen más vacaciones en este periodo sobre aquellos que se las cogen fuera de este periodo? Y ¿Puede negarse algún trabajador a acogerse a este horario alegando que el tenía otro precisamente porque él siempre coge vacaciones en agosto?

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No hay compensación alguna en este tipo de descuadres horarios, habrá trabajadores que acaben trabajando más horas que otros pero no hay compensación alguna (hay otros supuestos en los que también ocurre parecido)
Lo de negarse, depende del tipo de acuerdo, si es un acuerdo formal con la representación de los trabajadores, no le queda otra, queda vinculado por dicho acuerdo.
Si no lo es, no le vincula.

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