Creación de una tienda on-line

Crear una tienda on-line (30/05/06)
Hola,
Quiero montar una sociedad civil particular y quería hacerte una consulta. Estoy trabajando por cuenta ajena y tengo la duda de si tengo que pagar autónomos o si vale con lo que está cotizando mi empresa por mi.
También me gustaría saber los pasos que tengo que dar para crear la empresa on-line, (tramites que he de hacer)

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Si vas a trabajar, te tienes que dar de alta en autónomos, no valen las cotizaciones por régimen general.
Si no vas a vender productos específicos que necesiten permisos o autorizaciones administrativas, no hace falta nada, tan solo darte de alta en la actividad en el censo fiscal de hacienda, rellenar el impreso 036. Y darte de alta en IAE.
Muchas gracias, pero me surgen más dudas:
- ¿Cómo afecta la LSSI (Protección de datos)? ¿Hay que realizar algun/os trámite/s en especial?
- Si el socio capitalista realiza aportaciones regulares a la sociedad, ¿Cómo justifica éstas? ¿Desgravan?
- Los artículos de los que ya se disponen antes de efectuar la constitución de la Sociedad, ¿Cómo se declaran? ¿Hay qué justificar su origen?
- A la hora de liquidar el IRPF, ¿el gasto de IVA se toma en cuenta? Es decir, ¿se incluiría en gastos?
- El pago de la SS por parte del autónomo, ¿se cuenta también como gasto de la empresa? (Esto relacionado también con el IRPF trimestral)
- Si no hay beneficios en un trimestre (se invierten todas las ganancias junto con los gastos correspondientes).. ¿Hay qué presentar IRPF?
- Como es una tienda on-line los pedidos se envían por correo, ¿el IVA afecta a los gastos de envío? ¿O sólo al importe neto del producto?
- Relacionado también con esto, la empresa al ser on-line no tiene local propio, sino la casa particular, ¿Se podrían incluir los gastos relacionados con la actividad (Internet, electricidad, teléfono) del domicilio particular como gastos de la empresa?
1.- Si creas una base de datos, la tienes que notificar y dar de alta a la AGPD.
2.- Si me estas hablando de Sociedad Civil, no hay socios capitalistas ni trabajadores, todos son iguales. Es tu propio patrimonio. En caso de SL serían ampliaciones de capital.
3.- Los gastos anteriores al alta de IAE, no son desgravables.
4.- Depende si te das de alta en recargo de equivalencia o en directa.
5.- Si
6.- Es obligación formal, es obligatorio su presentación aunque te salga a 0 o con pérdidas.
7.- Los sellos no llevan IVA
8.- Podías prorratear, el 15% de los gastos del piso, por ejemplo.

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