Me reclama el Ayuntamiento una multa anterior a la nueva ley de Tráfico

El ayuntamiento de Motril (Granada) me reclama por vía de apremio una multa, ya pagada en su momento, por estacionamiento en carga y descarga, con fecha del 16 de Marzo de 2010. Si es anterior a la entrada en vigor a la nueva ley de tráfico de Mayo de 2010, además de pagada, ¿estaría prescrita? ¿Qué hago?

1 Respuesta

Respuesta
1

No está prescrita. La prescripción requiere que no se haya practicado ninguna actuación tendente al cobro de la multa.

La ley que se aplica es la que estaba vigente en el momento de la infracción.

Si la multa está pagada bastará con que demuestre que se hizo el pago en su momento.

Si no conserva el documento que acredite el pago y no hizo el pago desde su cuenta bancaria, tendrá que ir al Ayuntamiento y solicitar revisar el expediente por si hubiera algún rastro de ese pago. De no ser así y no hay forma alguna de demostrar que pagó en su día, el Ayuntamiento le seguirá reclamando el dinero y podrán embargarle la cuenta bancaria por ese importe, por lo que le sugiero que se plantee pagar otra vez para evitar que siga incrementándose el importe con los intereses de demora.

<a>www.lopezcollado.es</a>

Si como actuación para el cobro se considera la publicación en el bop , el 8 de Junio de 2010 (estando ya pagada con descuento del 30%) y ésta reciente notificación de providencia por vía de apremio.... Pero no me salen las cuentas, según la ley anterior a la que entraba en vigor en mayo del 2010, tenían un máximo de tres años para haberla cobrado, con la actual, es de cuatro. La cuantía de la sanción también indica que es anterior a esa ley.

Seguiré buscando el recibo aquel, que no encuentro. No vuelvo a tirar ni uno !! Y reclamaré al ayuntamiento mi expediente y una copia de la carta de pago, a ver si es posible.

Gracias por su atención y por su tiempo.

Si, por actuación se entiende la publicación y la providencia de apremio.

Cualquiera de estas actuaciones interrumpe la prescripción, lo que significa que vuelve a contar el tiempo a partir de esa última actuación. Para que pueda aplicarse la prescripción el tiempo debe ser ininterrumpido.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas