Casa con humedades

Estoy alquilada en una casa, que en principio no tenia ningún problema, hicimos un contrato de un año renovable, entré en Julio y en cuanto vinieron las primeras lluvias me di cuenta de la cantidad de humedades que hay en la casa, son casas viejas, sin cimentación adecuada y tuve que picar paredes y poner aislante contra la humedad, aún así este año han vuelto a salir, la dueña es una era. Mayor que no quiere problemas, ni yo tampoco claro, entonces hemos pensado que en vez de pagarle el alquiler completo, que son 450, le he dicho que le descontare 50 euros cada mes, por que llevo gastado más de 3.000 y tampoco quiero quedar mal con ella, en principio está de acuerdo, pero claro llevo en la casa tres años y cada año siguen saliendo las humedades, incluso he reparado el tejado por que caía una cortina de agua en el pasillo, ella me dice que hasta cuando voy a estar descontandole, le he mandado las facturas de las reparaciones hechas, pero cada año tengo que seguir reparando, mi pregunta es :¿Puedo seguir descontandole los gastos que voy teniendo? Procuro cobrarle solo la mano de obra, la pintura y demás lo pago yo, ella me dice que si no estoy a gusto que busque otra casa, pero claro después de lo que he invertido quisiera seguir en ella ¿qué puedo hacer?

Respuesta
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Según el art. 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendador está obligado a realizar a su costa, y sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.

Ud. Tiene la obligación de comunicar la necesidad de dichas obras, y de tolerar que el arrendador las haga.

En su caso, y continuando con el art. 21, Ud. puede llevar a cabo las obras en el momento en el que, tras la comunicación al arrendador y dada la urgencia, éste no hiciera nada. Además Ud. tendría derecho a que le pagara los gastos efectuados en su totalidad.

La cuestión radica en la importancia de las comunicaciones: debe comunicar a la dueña de forma fehaciente (burofax con acuse de recibo) la urgencia de la obra, y posteriormente su coste y facturas. Es importante que pueda probar que se lo comunicó, porque aunque no sea necesario el consentimiento del arrendador, la realización de obras por el arrendatario sin permiso (o en este caso, conocimiento) de aquél, da lugar al derecho de desahuciar.

Puede llegar a un acuerdo con ella en la forma de pago, pero le recomiendo que quede por escrito de alguna manera.

En cuanto al tiempo del contrato, y por si la dueña se arrepiente de habérselo alquilado por lo poco que gana con las rentas, tenga en cuenta que el plazo de duración mínimo en el caso de que Ud. quiera, es de 5 años (por lo que cada año se prorrogaría forzosamente para el arrendador).

Un saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

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