Rescindir contrato antes de los 6 primeros meses, por humedades.

Buenas noches.
En Octubre de 2012 mi familia y yo alquilamos una casa. En dos de las habitaciones
había manchas de humedad, el caso es que la propietaria nos dijo que eso
pintando se arreglaba, así hicimos, pintamos toda la casa. Al cabo de un mes y
tras días de lluvia, apareció una gotera en una de las habitaciones y tuvimos
que poner una cazuela porque caía agua. En el resto de habitaciones empezaron a
aparecer humedades que fueron con el paso de los días aumentando de tamaño y
apareciendo moho que se fue extendiendo por el mobiliario (sofás, estanterías, libros,
colchones) La ropa que tenemos en los armarios también cogió muchísimo olor a
humedad.
Se lo comentamos a la propietaria y nos mando un albañil para que lo viese. El
albañil nos comentó que era por culpa del tejado que estaba en muy mal estado,
que había que limpiarlo porque tenía hierbas, tierra, piedras. Que había varios
tipos de tejas muchas rotas y algunas no cuadraban y se hacía balsa de agua
cuando llovía. Que las tejas no llegaban hasta el canalón con lo cual el agua
caía por la fachada de la casa. En fin que había que meter muchas tejas nuevas
para repararlo y retejarlo. Le pedimos a la propietaria que nos mandase a un
perito del seguro de la casa, porque no podíamos seguir viviendo en ésta
situación y saber si el seguro se hacía cargo de las reparaciones. Vino el
perito y nos dijo que salvo la gotera de la habitación el resto de humedades
eran por condensación, y nos dijo que era por el mal aislamiento de la
vivienda. Nosotros no queremos seguir viviendo con esta situación, cada 15 días
aproximadamente tenemos que andar limpiando todo el moho con lejía ya que tras
la limpieza vuelve a aparecer. La propietaria me ha dicho que no lo puede
reparar hasta que no llegue el buen tiempo. Nosotros ya no queremos seguir en
la casa.
Quería saber si al no llevar más de 6 meses en la vivienda podría rescindir el
contrato y buscar otra casa. ¿Cuál es el procedimiento a seguir? ¿Cómo se lo
puedo comunicar a la propietaria? ¿Puedo dejar la vivienda aunque no cumpla el
contrato de un año?

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En este caso hemos de tener en cuenta lo dispuesto en el Art. 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que hace referencia a que "1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello
la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la
vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso
convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea
imputable al arrendatario, a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil."

Por lo tanto, ante el incumplimiento de la obligación por parte del arrendador, hemos de acudir al Art. 27 de la misma ley que dice "1. El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones
resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido
las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la
resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil" y "3. Del mismo modo, el arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas:
La no realización por el arrendador de las reparaciones a que se refiere al artículo 21."

Por lo tanto, y a la vista del incumplimiento por parte del arrendador de sus obligaciones, el contrato puede rescindirse.

Deberías hacérselo saber a la propietaria de la vivienda por escrito.

Si envío un burofax con acuse de recibo y copia certificada. Sabrías decirme cuanto tiempo tengo que esperar para recibir respuesta y en cuanto tiempo tendría que dejar la casa.

En el burofax tendría que indicar el plazo que le doy a la propietaria para contestar? Tengo que indicarle el plazo en el cuál dejaré la vivienda?

Si me dice que me va a denunciar por incumplimiento de contrato, que hago? sigo con el proceso y abandono la casa?

Muchísimas gracias por tu tiempo.

Un saludo.

En primer lugar, has de tener en cuenta que la parte arrendadora tiene 30 días para recoger el burofax.

Por lo tanto, tu en el burofax que le envíes puedes, efectivamente, poner el plazo que le das a la propietaria para contestar al burofax o ponerse en contacto contigo (por ejemplo, si son 10 dias lo que le das de plazo, has de tener en cuenta que esos 10 dias empiezan a contar desde que pase el mes que la parte arrendadora tiene para poder contestar), y, para el caso de que ni conteste ni se ponga en contacto contigo, en el mismo texto del burofax puedes hacer referencia a que debido al incumplimiento de sus obligaciones como arrendadora dais por resuleto el contrato de arrendamiento.

Esepro haberte ayudado.

Srta. Crespo le agradezco enormemente su tiempo y la atención prestada en todo momento, también darle las gracias por sus prontas respuestas.

Sus comentarios me han servido de gran ayuda.

Reciba un cordial saludo.

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