Penalización por dimisión

Buenas tardes.
Llevo trabajando 3 meses de comercial en una conocida empresa de productos de automoción y me gustaría dejarlo, ¿pero he visto en el contrato de trabajo que firme que en estos casos debo avisar con una antelación de tres meses y que en caso de que sea en los doce primeros meses desde que empecé debo pagar a la empresa una indemnización de 1.500? Por la formación recibida. Por lo que creo, este tipo de actividad está regulada por el RD 1438/85, donde si que he visto que el periodo de aviso es de tres meses, pero me gustaría saber si la clausula relativa a la indemnización es legal y en caso de que lo fuera que podría hacer. También me gustaría que me comentases que podría ocurrir si no cumplo ese periodo de aviso y que posibilidades tendría en caso de que la empresa me llevase a juicio.
Muchas gracias.
Respuesta
1
Debes mirar si aún estas en periodo de prueba, ya que en ese caso no tienes obligación de preavisar.
También debes mirar el convenio colectivo que se aplica, ya que lo pactado en contrato no puede ser peor que lo negociado en convenio y como 3 meses me parece excesivo, debes mirar si el convenio lo regula. Suele ser 15 días.
En caso de ir ajuicio depende mucho del juez.

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