Falsa baja por enfermedad

Tengo una compañera en mi tienda que ha cogido una baja por enfermedad durante el fin de semana hasta este martes. Resulta que el Domingo la hemos pillado haciendo un show en un partido de la ACB.

Lleva además varias semanas bajando muchísimo su rendimiento, chateando por el móvil en horas de trabajo mientras está sola, etc.

La empresa no quiere meterse en muchos berenjenales ya que esta chica tiene una reducción de jornada por maternidad y dicen que las madres están muy protegidas que fue lo que le ha dicho la abogada.

Se le sancionará por lo segundo, ¿pero por lo primero se puede hacer algo más?

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Las madres de hijos menores y las mujeres embarazadas están protegidas pero eso no significa que se pueda proceder al despido por incumplimiento grave y culpable de cualquiera de sus obligaciones, como por ejemplo simular una baja para no acudir al trabajo durante determinados días de la semana porque durante ese tiempo tenga que hacer alguna actividad o particular que no tenga nada que ver con la situación de iT aunque la empresa lo tiene que acreditar con pruebas muy convincentes o con algún testigo, tampoco esta protegida contra un despido disciplinario, procedente por disminuir de forma voluntaria, el rendimiento normal que es habitual en los trabajadores de la empresa, o por abuso de confianza como es el echo de emplear el tiempo del trabajo en actividades personales, al margen del trabajo que la corresponda desempeñar aunque la empresa lo mismo que el el anterior caso, tiene que demostrar la voluntariedad y la mala fe de la empleada de la disminución del rendimiento de trabajo o de cualquier otra causa para el despido disciplinario, pero si la empresa tiene pruebas o testigos que confirmen la causa disciplinaria, por supuesto que se puede aplicar un despido procedente por incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador@ despido que no causa derecho a indemnización.. Por lo tanto lo del despido protegido es para los despidos improcedentes es decir, cuando se se despide a una persona protegida sin una causa que pueda justificar la empresa por lo que el despido seria declarado nulo y la persona despedida tendría que ser readmitida en la empresa de forma inmediata además de tener que pagarla los salarios de tramitación, de todas formas si la empresa no tiene suficientes pruebas puede hacer un seguimiento de el comportamiento de la trabajadora hasta acumular las pruebas necesarias para proceder al despido disciplinario procedente. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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