Recuperación de paro

Llevo trabajando 3 años en una empresa en la cual ya no hay trabajo, por motivos que supongo son derivados de la crisis.
El dueño quiere que vayamos a la oficina aunque no tengamos nada que hacer y se niega a cerrar la empresa. Seguimos cobrando, otra persona y yo, sin hacer absolutamente nada. Ha dado de baja el teléfono y no tenemos Internet. En la oficina no podemos hacer nada puesto que no tenemos comunicación con los clientes.
Le he propuesto a la empresa llegar a un acuerdo para que me despida renunciando a la indemnización(despido procedente) para poder cobrar el subsidio de paro que me corresponde y se niega alegando que un cliente va a hacer un pedido y me va a necesitar.
Sospechamos que la empresa es tapadera de algo ilegal porque cada mes que pasa le está costando el sueldo de los dos empleados que somos sin lograr beneficio alguno.
A pesar de que sigo cobrando quiero irme de la empresa pero no quiero perder mi paro por si lo necesito mientras busco otro trabajo..
La pregunta es:
Si me voy de forma voluntaria se que no tengo derecho a paro,,, pero podría recuperar ese paro al que ahora tengo derecho si me doy de baja voluntaria en mi empresa actual, ¿me doy de alta en otra empresa y pasados al menos tres meses me despiden procedentemente?
¿Alguna otra posibilidad de recuperación del paro por baja voluntaria?
¿Si dejo de ir al trabajo en mi empresa actual podrían darme de baja voluntaria o tendrían que despedirme procedentemente por ausencia al trabajo?
¿Sospecha qué puede estar tramando la empresa?

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Quizás la empresa no ha querido pactar el despido porque esa clase de despidos por conveniencia en la que el trabajador renuncia a la indemnización a cambio de obtener la carta de despido y el certificado de empresa, firmado por el empresario como, si se tratara de despido improcedente para poder acceder a la prestación por desempleo esta tipificado por la legislación laboral como un despido en fraude de ley y si por cualquier circunstancia en el INEM sospechan algo al respecto, pueden manda a la inspección de trabajo que hagan un seguimiento, que puede terminar en una sanción económica muy elevada para el empresario y la anulación del derecho del trabajador a percibir la prestación por desempleo o a reclamarle todo el dinero percibido en el caso de que ya lo estuviera cobrando.. Respecto a la baja voluntaria bien as dicho al ser tu el que cesas, o te marchas voluntariamente de tu empresa, no tienes derecho a la prestación por desempleo, al considerar en el INEM que no estas en situación legal de desempleo, lo que no quiere decir que la prestación la pierdas para siempre, lo que sucede es que hasta que no transcurran 3 meses desde el cese voluntario en la empresa, anterior hasta el cese por no pasar el periodo de prueba, por finalización de contrato de trabajo, o por despido improcedente, en la ultima empresa, y siempre, a instancias del empresario, no te van a reconocer el derecho a percibir la prestación por desempleo, por lo tanto si te quieres marchar de la empresa porque el empresario no quiere despedirte legalmente pagándote la indemnización correspondiente ni tampoco quiere correr ningún riesgo pactando un despido fraudulento, lo mejor es que esperes haber si tienes la oportunidad de encontrar alguna trabajo, por 3 meses de duración, si dura más mejor para ti, más días vas acumulando, y cuando termines el contrato de trabajo, dispones de 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo sin ningún problema, puedes encontrar otra salida si tu jefe no quiere despediros ni, a t ni a tu compañero, si tienes la certeza de que se esta cociendo algo ilegal en la empresa, tienes que ponerlo, en conocimiento de la inspección de trabajo para que hagan un seguimiento de las actividades empresariales de los dueños de la empresa, porque si estas en lo cierto sde que lago se esta cociendo, y la inspección da resultados positivos, las autoridades laborales o una resolución judicial podría dar por extinguido el contrato de trabajo lo que significa que tendrías derecho a la indemnización y a la prestación del paro, pero eres tu el que tiene que mover los hilos, para resolver esa situación..
Puede la empresa solicitar la baja voluntaria en mi nombre si falto al trabajo
¿Varios días?
Gracias otra vez. Saludos
Si faltas al trabajo de manera reiterada y sin justificación alguna durante más de tres días consecutivos, y aunque sean justificadas si en dos meses se falta al trabajo más de un 20 de la jornada laboral, se considera absentismo laboral, y puede ser causa de despido objetivo, con lo que el trabajador no estaría en situación legal de desempleo al considerarse como un cese voluntario del trabajador y por lo tanto, no le correspondería cobrar el paro, pero el despido tiene que ser notificado al trabajador por escrito y especificando muy claramente las causas del despido..

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