Tengo presentada una demanda a mi empresa para extinción voluntaria por falta de ocupación efectiva.

Desde que puse la demanda la empresa (una pública) no hace más que putearme bajándome el sueldo cada poco tiempo, modificando mi puesto de trabajo y sus condiciones salariales asociadas, reduciendo complementos voluntarios sobre el convenio, pagas por objetivos, aplicando reducciones por planes de austeridad, eliminando paga extra de navidad, dejándome solo en un rincón, etc. Supongo que esperando a que me harte y me vaya de la empresa. Yo impugno ante el juzgado estas decisiones pero los plazos que me dan están siendo muy largos. Mi pregunta es: Si gano finalmente el juicio primigenio y consigo una sentencia firme a mi favor ... ¿me tendrán que indemnizar sobre la base de mi salario cuando puse la demanda o sobre la base del salario que tenga en ese momento?

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Entiendo que si ya ha puesto una demanda, lo habrá hecho contratando los servicios de un abogado, por lo que le aconsejo que confíe en él y le consulte estas cuestiones.

Sólo pretendo recibir una segunda opinión, probablemente algo sencillo para quién conozca de estos temas, y (por su puesto) tengo mis razones para hacerla. Creí que este era un foro abierto. Saludos.

¿Alguien más se anima a responder?

Es un foro abierto pero los abogados tenemos un código deontológico que debemos cumplir, en el cual no debemos entrometernos en los temas que estén llevando otros compañeros, y para hacerlo debemos pedirles la venia. En cualquier caso la respuesta a su pregunta es sencilla y su abogado se la podrá resolver fácilmente.

No pretendo cambiar de abogado y, por tanto, no hay necesidad de solicitud de venia que valga. Y ni Ud. ni nadie se va a inmiscuir en este proceso por responder a una simple pregunta. Además, esta misma consulta se la puedo hacer a cualquier abogado laboralista planteándolo como un mero caso teórico. Pero eso lleva molestias y pérdidas de tiempo para todos. Además he comprobado que Ud. si da respuesta (y se inmiscuye) en la actividad de otros abogados (Véase p. ej. el asunto: ¿Cómo saber si me puedo fiar de mi abogada o no?). Si se participa en un foro libre es para dar respuestas si se conocen y, si no, lo mejor es no participar o, al menos, no contestar. A menos que se utilice el foro como una forma de buscarse clientela. Saludos.

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