Comunicar baja voluntaria en el trabajo

Es la primera vez que os hago una consulta, descubrí esta página y me parece muy interesante.
En la empresa donde trabajo tengo contrato indefinido, pero para pagar son pésimos, actualmente me deben ya seis meses de salario (casi siete) y además para que me den el recibo de salarios (nóminas) tengo que estar detrás de ellos insistiéndoles continuamente porque dicen que no tienen tiempo, así que me las dan para que las firme con seis o siete meses de retraso y las firmo todas de una vez (yo llevo la cuenta y sólo firmo las que he cobrado); eso quiere decir que no he firmado ni visto siquiera el recibo de salarios de los meses que me adeudan. Dado de alta en la seguridad social sí que estoy porque de vez en cuando suelo pedir un informe de vida laboral. Me han dicho que en esta situación puedo denunciar por impago de salarios lo cual parece ser que cuenta como despido improcedente y tendría derecho a indemnización y a paro ¿es cierto?
Yo, viendo que la cosa estaba chunga me puse a preparar unas oposiciones las cuales he conseguido aprobar (soy un fenómeno), así que no tengo más motivos para seguir aquí haciendo el manta. Resulta que la toma de posesión es inminente, en unos dos/tres meses máximo, así que en lugar de denunciarlos he pensado en irme de la empresa voluntariamente porque parece ser que si los demando por impago de salarios tendría que permanecer en mi puesto hasta que lo decidiese el juez y creo que se me podría echar el tiempo encima a la hora de incorporarme a mi puesto de funcionario y no quiero arriesgarme. Según mi convenio debo dar un preaviso por escrito de 1 mes si no me descuentan el importe del salario de un día por cada día de retraso en el preaviso. También dice que habiendo recibido la empresa, con la antelación señalada, el preaviso indicado vendrá obligada, al finalizar el plazo, a abonar al trabajador la liquidación correspondiente (me supongo que se referirá al finiquito ese famoso), mi duda es si en la liquidación o finiquito además de las vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias (éstas están prorrateadas), etc. Me imagino que deberán incluirme también el importe de todos los salarios que me adeudan ¿no? Y si finalizado el plazo de preaviso no me lo han hecho todo efectivo ¿de qué tiempo dispongo para demandarlos y reclamarlo todo?
He pensado que también podría largarme sin preaviso comunicándolo por escrito. En este caso, seguirían obligados a pagarme todos los salarios que me deben y la única consecuencia es que me descontarían el importe de un mes ¿es así?

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House:
Lo más apropiado en tu caso es solicitar la extinción del contrato en base al artículo 50.1.b) del Estatuto de los Trabajadores:
<<Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.
1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
a) [...].
b) La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
c) [...]
2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.>>
En este caso, tendrías una indemnización de 45 días por año trabajado y derecho a la prestación por desempleo hasta que empieces a trabajar en tu nuevo empleo. Para todo esto hay que seguir un procedimiento (conciliación y, probablemente, juicio), por lo que te recomiendo afiliarte a un sindicato para que te lo lleven. El mayor inconveniente es que debes permanecer en la empresa hasta que conciliéis o un juez declare la extinción, lo que puede dilatar el proceso en un mes (si hay conciliación) o en tres meses (sentencia).
Respecto a pedir la baja voluntaria preavisando con un mes de antelación, sería aconsejable en el caso que quisieras quedar bien con el empresario o en el caso de que temas que se te eche el tiempo encima. Te tienen que abonar todos los salarios hasta el día de la baja y las vacaciones no disfrutadas, puesto que las extras las tienes prorrateadas. Si no lo hacen, tienes 20 días hábiles para demandarlos contados a partir de la fecha de baja.
Respecto a causar baja sin preavisar (tiene los efectos que mencionas), no entiendo la causa si crees que falta de 2 a 3 meses para incorporarte en el nuevo puesto. Sólo le vería sentido no cumplir con el plazo de preaviso si recibieras comunicación para incorporarte en tu nuevo trabajo; en ese caso, podrías solicitar la baja con efectos al día anterior a tu incorporación como funcionario.
Tienes también la opción de solicitar una excedencia voluntaria. Tendrías derecho a percibir los salarios y las vacaciones pendientes, dejándote una puerta abierta para volver en un futuro. Supongo que es una opción a descartar tal como va la empresa y viendo cuál va a ser un nuevo empleo, pero lo expongo para su valoración.
Yo de ti acudiría a un sindicato lo antes posible para que te asesoren.

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