Duda sobre Excedencia Voluntaria

Estoy planteándome pedir una excedencia voluntaria, sé que el mínimo son 4 meses y el máximo 5 años, pero mi duda, ¿al pedir la excedencia tengo que decir en ese mismo momento el tiempo que me quiero coger? Como de todas formas tengo que mandar la carta de cuando me quiera reincorporar, por eso lo digo. Por poner un ejemplo, si yo digo que me quiero coger 1 año pero luego necesito mas o al contrario me quiero reincorporar antes, ¿se puede hacer solicitándolo en dicha carta? Y otra duda, ¿al reincorporarme me siguen manteniendo mi misma antigüedad o la pierdo?

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Aunque no estas obligado a especificar el tiempo de duración de la excedencia, cuando se solicita la excedencia voluntaria siempre es aconsejable especificar el tiempo que se quier coger de excedencia, y si se a pedido por un año y al finalizar el año se quiere prolongarla por uno o dos años mas, se puede solicitar una prorroga por ese tiempo, porque si al solicitar la excedencia no especificas el tiempo que quieres estar de excedencia y por ejemplo quieres reincorporarte a tu puesto de trabajo al año o a los dos años de haberla solicitado te puedes encontrar con el rechazo de la empresa al considerar que se a solicitado por el tiempo máximo de duración al no especificar el tiempo de la excedencia. Una vez fijada la duración, vincula a ambas partes, así, no podrá pretenderse la reincorporación anticipada. Ni por el empresario, STS 22.9.1987, RJ 1987/6263. Ni tampoco por el trabajador, STS18.7.1986, RJ 1986/4248.los períodos de excedencia voluntaria pueden configurarse como verdaderos períodos de suspensión del contrato de trabajo.. El período durante el que el trabajador permanece en situación de excedencia voluntaria no es computable a efectos de antigüedad y, en consecuencia, no computa para fijar las indemnizaciones por despido. Computan el tiempo anterior trabajador y el posterior pero no mientras transcurre una excedencia voluntaria. Supongamos el caso de un trabajador que trabaja tres años en una empresa disfruta dos años de excedencia voluntaria y luego se reincorporar a su puesto donde trabaja un año más. Si hay que por ejemplo calcularle una indemnización se tomaran para el cálculo el tiempo trabajado antes y después pero no durante la excedencia. Por tanto, al no computarse la antigüedad, tampoco se tiene en cuenta ese periodo para el cálculo de una indemnización.. Así que lo mejor que puedes hacer para evitar posibles malentendidos, es dejar muy claro el tiempo que vas a permanecer en excedencia y si después quieres prolongar la excedencia, por algún tiempo mas solicitar una prorroga..

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