Duda sobre permisos sin sueldo

¿Con qué antelación debo pedir un permiso sin sueldo a mi empresa?
¿Bajo qué circunstancias podría mi empresa no concedérmelo?
Al
Finalizar este periodo y volver a mi puesto de trabajo, ¿tendría
problemas para solicitar una excedencia a los cuatro, cinco meses?

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La excedencia voluntaria se solicita con un mes de antelación a la fecha en la que quiera comenzar la excedencia. Para ello debe realizar la solicitud por escrito y especificando el tiempo de duración. No es obligatorio aclarar el motivo por el que se pide, ya que suele tratarse de motivos personales. Tienes que tener como mínimo un año de antigüedad en la empresa para que te concedan la excedencia y que no hayas disfrutado de otra excedencia en la misma empresa en los 4 años anteriores, por lo demás la empresa no se puede negar a concederte la excedencia voluntaria, porque es un derecho que tiene todo trabajador. La excedencia voluntaria, la puedes solicitar por un máximo de 5 años una vez transcurridos esos 5 años de excedencia no puedes volver a solicitar otra excedencia en la misma empresa hasta que no transcurran cuatro años desde la ultima excedencia así que puedes solicitar una excedencia de un año cuando finalices el año de excedencia solicitar otra prorroga de uno o dos años mas, hasta un máximo de 5 años, y hasta que no pasen 4 años no puedes volver a solicitar otra excedencia en la misma empresa..

2. [Redacción según Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.] El trabajador
Con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que
Se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por
Un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho
Sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han
Transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.

http://aulavirtual.afige.es/webafige/informacion-sobre-la-excedencia-voluntaria

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