¿Derecho a vacaciones?

Trabajo en una oficina que se rige por el Convenio de Oficinas y Despachos.
Creo haber oído que el empleado tiene derecho a elegir 15 días de vacaciones a su antojo y la empresa puede obligar al empleado a cogerse el resto cuando ella quiera ¿es así?
Mi jefe me obliga a coger los 30 días en agosto, pero yo querría dejarme algo para navidades y él no quiere.
Sólo quiero saber si la ley me ampara o no. Mi jefe dice que no puede ser cierto lo que yo digo ya que hay muchas empresas que cierran sus oficinas en agosto y por tanto todo el personal está obligado a coger su mes de vacaciones en agosto.
Espero impaciente vuestras noticias.

1 Respuesta

Respuesta
1
Los dos Convenios de Oficinas y Despachos que existen (catalunya y comunidad valenciana) son diferentes en materia de vacaciones, me tendrías que especificar por cual de los se rige la empresa en la que trabajas.
Yo trabajo en Madrid, y según aparece en un extracto del Convenio que he visto, es un Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid, que se otorga por las centrales sindicales Unión General de Trabajadores y Comisiones Obreras, y las asociaciones empresariales, Asociación Empresarial de Oficinas y Despachos, Asociación de Empresas de Recogida de Datos y Servicios Informáticos en general, la Asociación Multisectorial de la Información y la Asociación de Servicios a las Empresas y Actividades Diversas de Madrid.
Según el art. 22.2 del Convenio que me especificas, establece únicamente los 30 días de duración y que el disfrute no puede empezar en festivo, salvo acuerdo entre empresa y trabajador.
Sin regulación en Convenio, debemos regirnos por lo especificado en el RDL 1/95 ET, en su artículo 38, que establece que el período de disfrute se fijará de común acuerdo entre empresario y trabajador, siendo la jurisdicción social la que fije las fechas en caso de desacuerdo mediante procedimiento sumario y preferente.
El trabajador debe conocer las fechas de disfrute con dos meses de antelación como mínimo.
Es la costumbre la que indica que los períodos vacacionales son decididos entre empresa y trabajador, decidiendo cada uno los 15 días, si bien es cierto que los Convenios que antes te especificaba dan prioridad a la realización de vacaciones en el sector en los meses de Junio a Agosto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas